?PRIMERO.- Que con carácter previo a la entrada al fondo de la litis, deben analizarse los recursos mantenidos contra los Autos de fechas 28 octubre 1991, 11 julio 1992 y, asimismo, la nulidad de actuaciones peticionada en su escrito de fecha 13 de julio de 1992. Respecto de las dos primeras resoluciones contraídas a la […]