Se denuncia la vulneración por parte de la Sala, de las normas de interpretación contenidas en el artículo 1.281 del Código Civil, y jurisprudencia producida a su amparo, y se concluye afirmando, como defensa de este motivo, que no parece lógico o racional, certero y ajustado al recto criterio declarado, que la instalación de aire acondicionado, la ligera ampliación de una ventana posterior, aunque se niegue que se hubiese producido, y la instalación de una escalera de caracol metálica, de unión, que ya existía entre las dos plantas, afecta a las paredes maestras del edificio o de su sustentación, a sus vigas y a los huecos de la fachada, tesis que tampoco es estimable, ya que se integra de juicios parciales o interesados, que naturalmente, parten de minimizar la índole de las obras para evitar la resolución declarada por la Sala.
Usted está aquí: Inicio / Sentencias / Arrendamientos. Obras inconsentidas. resolución contractual, aire acondicionado.