Probado en autos que, constituida legalmente la entidad social, con la consiguiente inscripción en el Registro Mercantil, integrada exclusivamente por el arrendatario demandado y su hijo, trasladó su domicilio social al local arrendado, adoptando al efecto el correspondiente acuerdo social de modificación parcial de los estatutos inscritos, con los consiguientes efectos legales y administrativos que tal nueva fijación de domicilio social comporta. Resulta, además, que aparte de la unidad de gestión -pues el gerente de la persona jurídica coincide con el del negocio ubicado en el local arrendado-, el objeto o actividad de ambas empresas coincide parcialmente, en cuanto a la reparación de automóviles. Estos elementos -unidad de gestión, identidad parcial de negocio y de las personas que lo integran- vienen estimándose por la doctrina jurisprudencial como indicios de cesión inconsentida.
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