Protocolo
Ref. 16349
CONSULTA
Hola soy perito y debo liquidar mis honorarios: Mi pregunta es si los intereses se calculan desde la fecha en que se notificó el traslado de la demanda hasta la fecha de la sentencia definitiva o hasta el momento de la presentación de la liquidación. También si los intereses se calculan en base a la tasa pasiva del banco central y si es así se puede calcular con la aplicación de esta pagina: http://www.cajaforense.org.ar/calcularTasas/calculartasa.as
RESPUESTA
(Noviembre 2013) Los intereses ordinarios (tipo oficial del banco de españa, interés legal del dinero) se calculan desde la demanda (o desde la reclamación previa a la demanda, si la hubo, y si la senencia así lo dice) hasta la sentenica. Luego cabe sumar los intereses desde la sentencia hasta la fecha en que se liquidan, a aquel tipo del Banco de españa, pero sumándole 2 puntos al tipo. Esa página no le sirve utilice la formula capital por % /365 por Días(dda-stica) + capital por (%+2) /365 por Días(dda-stica) Honorarios de psicólogo
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PROCEDIMIENTO JUDICIAL
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