Protocolo
Ref. 33143
Contrato de Promesa de Compraventa
En CIUDAD, a FECHA
REUNIDOS
De una parte, D. XXX, mayor de edad, estado civil XXX de nacionalidad XXX, con domicilio en XXX, y con NIF número XXX (en adelante la PROMITENTE VENDEDORA o VENDEDORA)
De otra parte, D.YYY , mayor de edad, estado civil YYY de nacionalidad YYY, con domicilio en YYY y con NIF número YYY(en adelante, LA PROMITENTE COMPRADORA o COMPRADORA).
INTERVIENEN
D. XXX En su propio nombre y representación (DE NO SER ASÍ, en nombre y representación de ZZZ -si interviene en nombre y representación de otra persona-. En éste caso, identificar a esa persona ZZZ con sus datos)
D. YYY en su propio nombre y representación.(DE NO SER ASÍ, en nombre y representación de WWW -si interviene en nombre y representación de otra persona-. En éste caso, identificar a esa persona WWW con sus datos).
Ambas partes se reconocen capacidad necesaria para el otorgamiento del presente contrato.
DICEN
I. D. XXX es propietario de la siguiente finca
Identificación de la finca, puede ser una identificación ordinaria (calle número y piso, por ejemplo) o bien la descripción de la finca que consta inscrita en el Registro de la Propiedad (mejor ésta última para que queden constatados los metros, elementos que la integran, etc…, si bien la primera es válida si sirve para identificar lo que hemos visto y queremos comprar)
II. D. XXX y D.YYY han convenido la compraventa de dicha finca, que llevarán a cabo con posterioridad a la firma del presente contrato, según luego se dirá.
III. Siendo voluntad de ambas partes comprometerse ahora en llevar a cabo dicha compraventa, suscriben el presente contrato, por el que quedan obligados de acuerdo con las siguientes
CLAUSULAS
PRIMERA.- La PROMITENTE VENDEDORA promete al PROMITENTE COMPRADOR, se prometen mutuamente proceder a la compraventa de la finca descrita en el antecedente I de este contrato. El precio pactado será el de €€€.
SEGUNDA.- La compraventa se llevará a cabo el día … ante el Notario que designe la parte compradora (o vendedora). Si anteriormente a esa fecha fuera posible otorgar la escritura pública de compraventa, así se lo comunicarían las partes pudiendo de común acuerdo adelantar a ese día la fecha antes pactada.
TERCERA.- En el momento de la compraventa la finca deberá hallarse libre de arredatarios, ocupantes y de cualquier carga, y al corriente de pago de cualquier impuesto o gravamen.
CUARTA.- La PROMITENTE COMPRADORA entrega en este acto a la PROMITENTE VENDEDORA, que lo recibe y en prueba de ello FIRMA este contrato, la cantidad de €€€ en concepto de anticipo del precio de compraventa de €€€€ pactado. (esta clausula no es imprescindible para la validez del contrato, si bien lo usual es que el vendedor quiera recibir una parte del precio).
En prueba de conformidad firman este contrato, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha de su encabezamiento.
FIRMAS:
Artículos aplicables
Artículo 1451 CC
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