Vivienda familiar y derecho de habitacion Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Hace dos semanas aproximadamente le hice una pregunta sobre el usufructo de la vivienda familiar a uno de mis hijos , en concreto el que me cuida, sin que los otros dos se vieran perjudicados en su parte hereditaria. Su contestación fue que si era posible y me indicaba la forma en que debía de hacerse el testamentoAyer me personé con mi hijo a la notaría en la que hice el testamento actual para rectificarlo conforme a la idea que tengo de que pueda vivir en el domicilio sin que le puedan echar sus hermanos hasta su muerte y el notario me contestó que lo mejor era hacer el » derecho de habitación «. Me explicó que de esta manera era como si mi hijo comprara o tributara por la parte que le corresponde y de esta manera no cabía posibilidad de echarlo legalmente. Me pidió testamento actual y registro de propiedad porque tenía que estudiarlo pero no nos habló de costes.
RESPUESTA
Pienso que el Notario se equivoca, por que el derecho de habitación siempre tiene que recaer sobre casa ajena, y en este caso creo recordar que el piso lo heredarían sus tres hijos, osea, que una tercera parte ya sería de su hijo conviviente actual, con lo que no podría tener el derecho de habitación (de vivir en el piso ), por que ya lo tendría por el hecho de ser dueño (siquiera en parte) de la misma
Fiscalmente le será más económico, pero ha de tener en cuenta que el derecho de habitación asigna una parte del piso (o el piso) para atender la necesidad de vivienda. Eso coincide con lo que Ud. quiere.. Pero cabe pensar que, si por ejemplo su hijo en su día tuviera que alquilar una habitación, por ejemplo, a un estudiante, para ganarse un dinero, no podría.
No estoy yo por convencerle de nada, pero plantéese situaciones eventuales que pudieran suceder y plantéelas al notario, para saber qué es lo que más le sirve a su voluntad.
Derecho de usufructo
PREGUNTA
engo el usufructo del 50% de la casa que pertenció a mis padres (es el usufructo de la parte que pertencía a mi madre), es mi vivienda habitual, pero mis dos hermanos son plenos propietarios de 1/6 parte del piso (es decir la tercera parte de la mitad de la casa que pertenecía a mi padre). Ahora mi hermana me exige una llave de la casa diciéndome que como es plena propietaria de 1/6 de la casa tiene derecho a entrar en ella cuando quiera. ¿Es cierto que tiene derecho a entrar cuando quiera?
RESPUESTA
No. Usted tiene el uso de la casa no su hernana. Su hermana atiene la propiedad, pero no el uso.
Usufructo de vivienda
PREGUNTA
tengo el usufruto vitalicio de una vivienda y mi exmarido.sea metido avivir sin mi permiso.puedo echarle.legalmemte?notengo medios económicos soy pensionista cobro 350e al mes.por enfermedad
RESPUESTA
Si, puede usted echarle.Tiene que solicitar un abogado de oficio para que lleve el trámite. Acuda al colegio de abogados del partido judicial al que pertenece su domicilio y solicitelo allí..