Venta de ordenador por internet . Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Nos remontamos a 2008 que puse en subasta un ordenador portátil desde la cuenta de ebay de mi hermana, dicha subasta alcanzó los 500€ y procedí a enviar el ordenador.
El pujador que recibe el paquete, dice contener «palos y maderas».
La cuestión es que me han pedido 1 año y 8 meses de prisión, por lo visto tienen mis huellas en las «maderas» que se encontraban dentro de la caja (imposible que sea cierto).
El tema es que ahora citan a mi hermana en calidad de testigo y a mi como imputado.
Mi pregunta, ¿Si citan a mi hermana como testigo será porque no hay pruebas suficientes contra mi?
RESPUESTA
Citan a su hermana porque es la propietaria del portátil y para que declare si se lo entregó a usted en su día para que procediera a su venta. No guarda relación esta declaración de su hermana con las pruebas que puedan haber en contra de usted.
ACLARACIÓN
Hace como año y medio me citaron para que pagara una fianza de 500 euros por el valor de la pieza enviada, en el exhorto me dijeron que si no pagaba esa fianza me embargarían «el coche», bien, hace cosa de un mes, pedí nota informativa de mi coche para ver si lo habían embargado o precintado, el coche está libre de cargas.
Si me consideran culpable y según ellos tienen pruebas contra mi, ¿Porque no me han embargado el coche?
RESPUESTA
Es difícil que yo le de una explicación, porque fue en el juzgado donde le dijeron eso y sólo el juzgado sabe porqué no lo han hecho.
Pueden hacerlo, pero todo necesita su trámite. Es sencillo decirle a la persona que se interesa por el estado del procedimiento en el que está implicado que si no paga la fianza, se le embargará el coche, pero llevarlo a la práctica requiere una actividad procesal que, posiblemente, esté esperando su turno para activarse.
Las pruebas que puedan tener contra usted no modifican ninguno de los trámites previos al juicio. Esas pruebas tendrán su peso (o no) en el juicio, por lo demás el juzgado actúa según unas normas que son comunes para los procedimientos en la jurisdicción penal.
La valoración de la prueba es algo que solamente se verá en el juicio. Las demás diligencias son previas al juicio y, como ya le he comentado, comunes para los procedimientos penales