Venta de finca con error en catastro. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: la cuestión es que vendimos una finca en la que (erróneamente) el Catastro incluye un «huerto» sobre el que tenemos una escritura de compra venta de hace 30 años sin registrar de su anterior propietario (ya fallecido..) en dicha escritura de la venta obviamente aparece la finca con este huerto junto con los datos oficiales del Catastro obligatorios para la misma, lo cual es un error como he comentado, pero la nueva propietaria quiere hacer uso de él después de 6 años de la venta y en los cuales nosotros hemos disfrutado del mismo ya que se accede por otra calle y nosotros tenemos la llave de la puerta.Todo se debe al error de del Catastro que aporta una información errónea y que el Notario en cuestión no reparo en nuestras demandas de que quedase claro en la escritura que la venta era solo de la casa, y por los datos erróneos del Catastro aparece todo completo, la verdad es que hemos instado junto con el Notario (que esta de acuerdo) en subsanar este error en varias ocasiones pero la nueva propietaria hace oídos sordos y tememos que disponga de él a la fuerza (a pesar de que no tiene acceso directo desde su finca y no tiene la llave de la puerta que obra en nuestro poder desde hace años.Mi pregunta es: — La intención de esta señora es abrir una puerta desde su pared para acceder a él, imagino que el Ayuntamiento deberá cerciorarse de que dicha propiedad es suya para otorgarle la licencia de obras correspondiente….– que podemos hacer frente a esta situación?, — como es una segunda residencia temo que un día que vayamos nos encontremos con el solar «ocupado» …
RESPUESTA
— La intención de esta señora es abrir una puerta desde su pared para acceder a él, imagino que el Ayuntamiento deberá cerciorarse de que dicha propiedad es suya para otorgarle la licencia de obras correspondiente….
Lamentablemente, al Ayuntamiento le bastará para «cercionarse» la escritura de compraventa, en la que se hizo constar como finca vendida la finca y el huerto
— que podemos hacer frente a esta situación?:
francamente complicado. Existe una escritura compraventa en la que Uds vendieron la finca y el huerto (será un error del catastro, pero si no hicieron una reserva expresa…, lo que compró esa señora es lo que consta en la escritura)
Van a tener que acudir a un Juzgado, me temo. Si esa señora va a abrir la puerta, tendrán que poner una demanda de interdicto. Pero creo que no tienen que esperar a lo de la puerta. El asunto es grave por lo que he dicho antes, y ahora tendrán que convencer a un Juez de lo contrario que consta en una escritura….Y parten de la desventaja de que en seis años no han hecho nada (en el sentido de instar ya desde el primer día las acciones que les pudieran corresponder para defender su situación)
¿rectificar la escritura?: no creo que la señora esté por la labor, por que, insisto, la escritura dice que la finca incluía el huerto.
Además, si en la escritura constaba el huero, y de hecho, se operó la transmisión del huerto ¿quien paga el IBI?, quien paga los impuestos al Ayuntamiento, esto será fundamental.
En todo caso, dado que el huerto constará en el registro inscrito a nombre de esa persona, pues francamente, ahora no les pertenece «formalmente»: Si quisieran vender el huerto ahora, no podrían por que está nombre de otra persona.
ACLARACIÓN
– el IBI esta exento según nos comento el anterior alcalde.
– podemos paralizar la apertura de la puerta desde su casa?
– tenemos una escritura de hace 30 años del antiguo propietario sin registrar y nos hemos dado cuenta ahora al enterarnos de lo que quiere hacer al revisar la escritura de que hay un error, de ahí los 6 años
– Hemos hablado con la secretaria del Notario (ya jubilada) que curso la escritura y reconoce el error, debemos ponernos en contacto con el Notario para saber si puede rectificarla?
RESPUESTA
– podemos paralizar la apertura de la puerta desde su casa?.
Pueden paralizar (con un procedimiento llamado interdicto) la obra si se va a empezar, o si se está realizando.
debemos ponernos en contacto con el Notario para saber si puede rectificarla?
Ya le aventuro que el Notario no va a querer rectificar, por que la rectificación significa una modificación substancial. Puede ser importante el Notario al efecto de servir como testigo (cuando, como dice Ud. precisamente hablaron de que lo que vendían era la finca y no el huerto)