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Vender piso con derrama de la comunidad pendiente

Vender piso con derrama de la comunidad pendiente. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Mi consulta es sencilla, soy propietario al 100% de una vivienda libre de hipoteca etc… pero estoy pagando desde hace 3 años una derrama mensual por los arreglos de la fachada del edifico, pago 30 euros mensuales de derrama más otros 30 de comunidad, total 60 euros. Quedan todavía 4 años más para terminar de pagar dicha derrama a razón de 30 euros mensuales, es decir 1440 euros en total.Voy a vender el piso este mes y me gustaría saber quien se tiene que hacer cargo de lo que queda por pagar de derrama, es decir, por ley quien se tiene que hacer cargo? El nuevo propietario? o debo pagar yo los 1440 euros a la comunidad para luego poder vendérsela sin la derrama?También quería preguntar si la derrama se considera una carga o no tiene nada que ver.
las obras de la fachada se terminaron hace 2 años y llevo pagando la derrama ese tiempo, pero queda de derrama aproximadamente 4 años más a razón de 30 euros al mes.
Se considera la derrama una carga? cuando me den el certificado la comunidad pondrá que estoy al corriente de pagos o especificará que queda por pagar la derrama?
y normalmente que se hace en este tipo de situaciones? lo digo porque al hablar con los compradores me decían que yo como propietario tenía que asumir el pago de toda la derrama y pagar a la comunidad los 1440 euros para vendérselo sin la derrama, me lo decían como si fuera obligatorio por ley. Que dicta la ley si no llegamos a un acuerdo?
No veo lógico que si la derrama son 6 años y ellos son propietarios durante los últimos 4 años y yo solo los 2 primeros tenga que asumir yo el coste de la derrama total de los 6 años.

RESPUESTA

Si las obras se han hecho ya, lo que está vendiendo Ud. es un piso con las reformas hechas (independientemente de que Ud adeude a la Comunidad). Es decir, el comprador está comprando con la fachada ya rehabilitada, con lo que se entiende que en el precio pactado, Ud. ya contempló esa mejora a la hora de determinar el precio.
Si ahora Ud. le dice al propietario lo de la derrama, él dirá que ya pactó el precio con la obra hecha, y que el precio evidentemente incluía esa mejora, y creo que esa es la realidad.
La ley establece que Ud. adeuda esa cantidad a la Comunidad, y deberá aportar un certificado de la comunidad a la escritura en el que dirá que debe esa cantidad, con lo que seguramente el comprador no querrá firmar si Ud. no ha cancelado esa deuda.
Debe entender (para poner otro ejemplo), que si Ud. hace una reforma de la cocina y vende el piso, y pidió un préstamo, y le debe aún al banco 4 años…., pues cuando venda el piso por un precio, estará incluida la cocina nueva, y no le va a decir al comprador que la pague él.

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