Tercio de mejora sin disposicion. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: acabo de ganar una demanda de filiación, mi padre está fallecido, todo se consiguió gracias a las pruebas de adn que se le realizaron.Mi padre no tiene más hijos y yo soy hijo fuera del matrimonio, en el testamento no me nombra y le deja toda su herencia como heredero universal a un cuidador y como heredera en usufructo, a su mujer que esta tutelada por una fundación (tiene 90 años y demencia senil), tengo una duda, se que la legitima es la misma independientemente sea hijo fuera o dentro del matrimonio, y que me corresponde 1/3 pero una de mis dudas es ¿ que pasa con el 1/3 de mejora que no está designado para nadie?¿Para quien es?, porque según tengo entendido si el padre, no lo designa a ninguno de sus hijos en caso de ser varios ese tercio pasa directamente a la legitima(ya que creo que solo se le puede dejar a los descendientes, al ser yo su único hijo entiendo que también me corresponde), pasando esta a llamarse legitima larga.Y siendo a la vez este tercio el que heredaría la viuda en usufructo , aun siendo parte de la legitima. ¿O estoy equivocado?.Ya que el otro tercio que quedaría sería el tercio de libre disposición y este el que se le puede dejar a cualquier persona.Le agradecería me aclarará todas estas dudas que tengo.Mi padre vivía en Andalucia.
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RESPUESTA
¿ que pasa con el 1/3 de mejora que no está designado para nadie?.
Artículo 808.Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las dos terceras partes del haber hereditario del padre y de la madre.Sin embargo, podrán éstos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes.
Así, para el caso en que el testador no haya dispuesto de ese tercio de mejora en favor de hijos o descendientes, su legítima estricta (1/3) se ve acrecida con ese 1/3 de mejora, con lo que a Ud. le correspondería el 66, 6% del valor de la herencia