Robo en un gimnasio. El seguro no lo cubre todo
? Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Lamentablemente me tengo que ver en el lugar de la persona a la cual le robaron su pertinencias en la taquilla del gimnasio que posteriormente fue forzada para llevar a cabo el robo, en mi situación el gimnasio tiene seguro y se hace responsable pero he aquí el problema se hace responsable de una cuantía de 200 euros, 200 euros no vale ni la llave del coche que me robaron ya que cambiar los bombines de coche y las llaves asciende a unos 1032 euros a parte llaves de casa etc… Que es lo que podría hacer y reclamar a cambio?.
RESPUESTA
Si tiene seguro del Hogar, léalo, porque aveces cubren hasta 300 € de efectivo, y otros 300 € por documentos, si tenía el DNI, etc, o llaves, cobrará por cada concepto?
El seguro del Gimnasio igual solo cubre hasta 200 €, pero eso no tiene nada que ver con que el Gimnasio sea responsable de lo que roban dentro del mismo. Mire su contrato de inscripción y vea si hay alguna limitación de responsabilidad.
Ud. tiene que obtener las facturas de lo que había dentro, o un presupuesto, y presentarlo al Gimnasio. Si el seguro del Gimnasio solo les cubre 200, pues que se lo den y que ellos pongan el resto. Me explico: si Ud. con su coche destroza un porsche de 40.000 €, si su seguro solo le cubre hasta 20.000… pues Ud. tendrá que pagar el resto.
Recuerde que si tiene Ud. un «seguro de Hogar» , de su casa, aveces suelen cubrir los robos. (también hasta cierta cantidad). Si es así, presente la denunciaen la policía (bueno en todo caso preséntela-, para el primera caso también)
El inquilino se lleva los muebles de la vivienda
PREGUNTA
sobre un piso que tenia alquilado en Sabadell, osea yo la propietaria y ayer el inquilino se fué del piso robandome todos los muebles. Yo tengo contrato con fotos de como estaba el piso con todos los muebles.Pero yo actualmente no estoy en Barcelona, vivo en Granada y no se que hacer. Tengo que denunciar?? donde, en Sabadell o puedo denunciarlo desde Granada?? le agradeceria que me contestara y me dijera si me vale la pena llevarlo a un jucio. Porque el piso también esta con una dació en pago por medio.
RESPUESTA
Puede denunciar los hechos en Granada y se remitirá la denuncia a Sabadell, donde se tramitará. Usted podrá tramitar la denuncia a través de un juzgado de Granada, no hará falta que se traslade a Sabadell.A través de una carta, llamada exhorto, se entenderán con usted todas las gestiones, a través de un Juzgado de Granada.Denuncie, porque la denuncia es gratuita y si vale la pena reclamar.Como denunciar: http://www.lopezcollado.es/respuestas/penal-denuncias/como-denunciar/Modelo de denuncia: http://www.lopezcollado.es/respuestas/penal-denuncias/modelo-de-denuncia/
Juicio pendiente por robo Extradición
PREGUNTA
que me saldría tener Asilo en el Ecuador, soy futuro estudiante de ingeniería, y había pensado meterme en el Ejército, aquí ya fui militar. > ¿Me gustaría sabe que realizar para evitar ser extraditado en un futuro, ya que tendré un juicio por robo en una casa antes de un año, ya que me ivan embargar y no me quedaba mas remedio ?,
RESPUESTA
La extradición es un procedimiento por el cual un pais reclama a otro una persona para que cumpla una condena por un delito cometido en el pais que solicita la extradición. En el proceso de extradición es necesario que el condenado vaya asistido de abogado, por lo que si se diera el caso, el abogado realizará los trámites y presentará los recursos necesarios para oponerse a dicha extradición.
ACLARACIÓN
He leído un artículo de vuestra ley, creo que es la mejor, para yo poder Solicitar Asilo, pero claro que papeles me harían falta tener para yo demostrar que el delito tengo abierto ha sido perpetrado por pertenecer a un determinado grupo social-político, ?
RESPUESTA
Cualquier documentación que acredite esa situación será válida. Se trata de demostrar lo que se alega y no hay una documentación previa estipulada. Cuando se de la situación habrá que alegar y demostrar, no antes. Lo que puede hacer es ir acumulando documentación para tener un dosier que aportar cuando lo necesite.
Compra de un movil robado
PREGUNTA
He comprado un móvil por un chico del barrio, y el móvil esta robado por el atraco de casa ?me han llamado los mossos d escuadra para invistigar con migo sobre la tema.me han dicho que me van a detener por la tema
RESPUESTA
Podrían imputarle un delito de receptaciónCodigo penal artículo 298El que, con ánimo de lucro y con conocimiento de la comisión de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico, en el que no haya intervenido ni como autor ni como cómplice, ayude a los responsables a aprovecharse de los efectos del mismo, o reciba, adquiera u oculte tales efectos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.Ahora bien, imputar no significa condenar, significa que se abrirán unas diligencias para investigar si usted sabía o suponía que el movil que compró a un chico del barrio era robado.Le será designado un abogado de oficio, pero también puede designar usted un abogado particular.En caso de que finalmente se llegara a celebrar juicio y usted fuere condenada, aunque se le impusiera la pena máxima (dos años) no los cumpliría si no tiene antecedentes penales.
Robo en casa por un familiar
PREGUNTA
me han robado a mi madre una cajita con oro sospechamos quien a podido ser, mi hermano, estara bien ponerle la denuncia creemos que acaba de venderlo en un compro oro, que pena le caeria, mi madre no esta bien y entonces no sabemos si se lo dio realmente o se lo robo que es probable, a que pena se enfrentaria el y que derechos tiene el y ella
RESPUESTA
No pueden denunciarle porque la ley dice:
Artículo 103 de la Ley de Enjuiciamiento criminal:
Tampoco podrán ejercitar acciones penales entre sí:1.º Los cónyuges, a no ser por delito o falta cometidos por el uno contra la persona del otro o la de sus hijos, y por el delito de bigamia.2.º Los ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza, por la adopción o por afinidad, a no ser por delito o falta cometidos por los unos contra las personas de los otros.
Hurto
PREGUNTA
Una compañera de piso me robo 7.000€ compinchada con su marido, no tengo pruebas fisicas. Ella era la unica que sabia donde estaba el dinero
RESPUESTA
Denuncie los hechos aunque usted no tenga pruebas fisicas. La policía investigará los hechos y además el juzgado tiene acceso a medios de prueba, como cuentas corrientes, tarjetas de crédito, pagos etc. que podrían demostrar que se ha dispuesto de esa cantidad de dinero.Le recomiendo que que vaya a la policía y allí exponga los hechos.
Que hacer en un juicio de faltas por hurto
PREGUNTA
Hace unos días me pillaron robando en una tienda de un centro comercial. Al salir de la tienda pité, una dependienta se acerco ami y yo la dije que me había llevado una prenda sin pagar, ella tenia la prenda en la mano cuando apareció el de seguridad y me hizo acompañarle. Yo no iba sola, una amiga iba conmigo. Ella llevaba una prenda y por el camino la tiro pero la vieron por las cámaras, aunque no quedaba claro si la tiraba ella o yo. En el cuarto de seguridad una mujer me registro ami y ami amiga también, por separado. Yo llevaba otra prenda mas en el bolso. Llamaron a la guardia civil y nos denunciaron a las dos, en todo momento yo dije que la única que había robado había sido yo y que ella no sabia nada. Era casi la hora de cerrar y la dependienta que me pillo se negó a decir que había hablado conmigo, declaro que el de seguridad fue quien se acerco ami directamente, asique en la denuncia aparece como testigo ese hombre. El juicio es dentro de dos días, me pregunto muchas cosas… ¿No se considera testigo falso si ese señor no fue quien me pillo ni me vio con nada y tampoco fue quien me registro? de ser así, ¿que debería hacer? Se que existe la posibilidad de que ese hombre no se presente al juicio, me pregunto lo mismo, ¿que debería hacer?. Supongo que me pondrán una multa, ¿que pasa si no la pago? ¿cuanto tiempo tarda en prescribir?
RESPUESTA
¿No se considera testigo falso si ese señor no fue quien me pillo ni me vio con nada y tampoco fue quien me registro? de ser así, ¿que debería hacer?
Ese señor todavía no ha declarado en el juicio, por lo tanto hay que esperar a ver que dice y después, si usted no esta de acuerdo con las explicaciones que de, dígalo.
Se que existe la posibilidad de que ese hombre no se presente al juicio, me pregunto lo mismo, ¿que debería hacer?.
Puede ser, hasta el día del juicio no se sabrá
Supongo que me pondrán una multa, ¿que pasa si no la pago? ¿cuanto tiempo tarda en prescribir?
Hay que esperar al día del juicio para saber si le imponen una multa o bien localización permanente.
Dispone el Código penal:
Artículo 623 Serán castigados con localización permanente de cuatro a 12 días o multa de uno a dos meses: 1. Los que cometan hurto, si el valor de lo hurtado no excediera de 400 euros. En los casos de perpetración reiterada de esta falta, se impondrá en todo caso la pena de localización permanente. En este último supuesto, el Juez podrá disponer en sentencia que la localización permanente se cumpla en sábados, domingos y días festivos en el centro penitenciario más próximo al domicilio del penado, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 37.1.
ACLARACIÓN
Supongo que me pondrán multa, lo que cogí no eran ni 50 euros en total. Si yo sacase siempre el dinero de mi cuenta y no pudiesen cobrarme, cuando prescribiría la multa? que pasaria?
Si el testigo no se presentase, serviría de algo que yo negase los cargos?
al no haber testigo no hay nada que demuestre que yo lo hice. O seria peor?
RESPUESTA
La prescripción de esa deuda es de 4 años. Si usted no tiene bienes y un salario inferior al mínimo interprofesional, no se puede embargar. El impago de la responsabilidad civil no tiene responsabilidad subsidiaria por impago, pero la multa si. El condenado al pago de una multa deberá cumplir la mitad de los días a los fijados en la sentencia, en privación de libertad, es decir en prisión.
Dispone el Código Penal:
Artículo 531. Si el condenado no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que, tratándose de faltas, podrá cumplirse mediante localización permanente. En este caso, no regirá la limitación que en su duración establece el artículo 37.1 de este Código.También podrá el juez o tribunal, previa conformidad del penado, acordar que la responsabilidad subsidiaria se cumpla mediante trabajos en beneficio de la comunidad. En este caso, cada día de privación de libertad equivaldrá a una jornada de trabajo.
La cuantía de lo sustraído, se tiene en cuenta a los solos efectos de determinar si se ha cometido una falta o un delito. Si el importe de lo sustraído es inferior a 400 euros, se incoará un juicio de faltas, si es superior se tramitará como delito. La diferencia está en la pena a imponer, mayor en el delito que en la falta.
Usted como acusada tiene derecho a declarar lo que crea oportuno, incluso a mentir y no podrán, en ningún caso, ir contra usted por ello. Por lo tanto, puede negar los hechos sin que ello tenga otra consecuencia que el juez entienda que no está arrepentida y que posiblemente volverá a incurrir en la misma actitud, y teniendo el juez la potestad de imponerle una multa mínima o mayor, se incline por imponerle una pena mayor.
La práctica diaria en los juzgados respecto a los hurtos en tiendas es tan común, que en ocasiones los propietarios de las tiendas ni siquiera denuncian para evitar tener que perder una mañana en los juzgados para asistir al juicio. Cuando esto ocurre, es decir, cuando el legal representante o propietario de una tienda cursa una denuncia, es muy difícil convencer al juez que lo ha hecho sin ningún motivo y solo por perjudicar a una persona a la que no conoce de nada y considerando que su negocio es precisamente una tienda abierta al público que se supone que gana dinero en base a que personas de la calle entren en su establecimiento y compren, el hecho que se denuncie a uno de ellos sin razón, realmente no tiene ningún sentido.
Mi recomendación es que reconozca los hechos, porque veo muy difícil por no decir imposible que no la condenen igualmente, y al menos si tiene un comportamiento que demuestre arrepentimiento y consigue convencer al juez que los hechos no se repetirán, podría ser que le imponga una pena leve, dentro de las posibilidades que la ley le otorga.