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Responsabilidad. Daños no efectivos sin indemnización

Responsabilidad. Daños no efectivos sin indemnización. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: debido ha una filtracion de agua de el piso de arriba justo en mi cuarto de baño la pared de ese mismo se ha puesto blanda causando asi la caida de el calentador de agua de 50lt justo al altura de el plato de ducha partiendolo por la mitad y rebotando luego el la puerta de el cuarto de baño dañandola tambien, quisera saber si es posible obtener una indemnizacion por todo eso ya que me encuentro desde hace 5 dias sin agua y tenendo que ir a casa de amigos tambien por las cosas basica como ir a lavabo, ya di las parte a mi seguro y vendran jueves por la mañana con un perito para averiguar los daños causados, el problemas es que hubiera pasado si yo o mi novia estuvieramios duchando en el momento de la caida de el calentador?

RESPUESTA
(Noviembre 2013) Su compañía de seguros ya se pondrá en contacto con la del vecino causante de los daños. La indemnización consiste en el valor de los daños causados, a los que habrá que añadir el tiempo que usted ha tenido que estar viviendo fuera de su domicilio (desde la inundación hasta la reparación). En este sentido le aconsejo que le pida a su amigo una «factura» por el tiempo que le a acogido en su domicilio y poder así reclamar el importeAfortunadamente no han sufrido ni usted ni su novia ninguna lesión. No se estipula ningún tipo de indemnización por lesiones o daños que no han llegado a producirse. Al margen de lo que ustedes acrediten por tener que residir en otro domicilio, no habrá otra compensación económica más que la reparación de los daños causados, mediante acuerdo entre compañías aseguradoras.

LOPEZ COLLADO TRmRK

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