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Reclamar préstamo no devuelto liquidar una deuda intereses

Reclamar prestamo no devuelto Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: El caso es que preste a una persona de confianza 8000€, y me dijo que me los devolvería.
Fue pasando el tiempo y dijo que me los devolvería cuando pudiera.Pasados 2 años me devolvió 1000€.
Se lo he seguido pidiendo y decía que no podía, confiaba en esa persona nos seguíamos viendo, pero hace unos meses que ya no tengo contacto con esa persona, no quiere saber nada de mi ni devolverme el dinero que le preste.
Tengo como prueba papeles que me dieron en el banco en los cuales vienen la transferencia de 8000€ que hice a nombre de esa persona y la transferencia que hizo esapersona para devolverme 1000€. En las dos transferencias vienen como referencia y ordenante los nombres y apellidos míos y de la persona a la cual preste el dinero, el importe y las fechas.Mis preguntas son:-¿ Con esta prueba del banco podría reclamar por escrito, poner una denuncia contra esta persona , ganar el juicio y obligar a esta persona a que me devuelva el total del dinero quele preste?
– ¿Al pasar más de 4 años desde que le preste el dinero ya no puedo recuperarlos???

RESPUESTA

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1. Si tiene los resguardos de la transferencia y de esa devolución parcial, puede poner una demanda judicial explicando lo que aquí explica y aportando esas pruebas que acreditarán lo cierto de que Ud. le dejó ese dinero y que solo le ha devuelto una parte, pidiendo que le condenen a devolverle el resto
2. No prescribe por el transcurso de 4 años, sino de 15 años, a contar desde que se lo dejó o desde la última vez que le hizo un requerimiento de pago. Ese requerimiento debe ser probado (burofax)
Liquidar una deuda

PREGUNTA

a una persona que tenía que pagarle una deuda de 16000 euros, le hice un primer pago de 2200 euros, hicimos un papel firmado por el y por mi de esta entrega para su constancia, posteriormente otro pago de 6040 euros, hicimos otro papel para su constancia donde también se reflejó en el mismo escrito que la deuda estaba pagada ya en su totalidad y que no podía reclamar más cantidad alguna de dinero firmando él, un testigo y yo. ¿ Puede pedirme la diferencia que falta si tenemos este papel firmado en el cual dice que la deuda está saldada y que no puede pedirme más dinero?

RESPUESTA

Según lo firmado por la otra parte, la deuda estaría saldada y finiquitada, con lo que ese papel habrá de servir para alegar en su caso que ya se pagó todo, o que con ese pago se canceló la total deuda, por un pacto de quita entre las partes
Financiera reclama una cuota de mas

PREGUNTA

En el año 2099 solicite un prestamo para un coche, era un prestamo de 48 cuotas y la ultima cuota, segun mi contrato, era el 31 de Mayo del 2013. Les llame porque no sabia si me cobrarban a mes vencido o a principio de mes, y era a mes vencido, asi que la ultima cuota me la cobraron el 5 de Junio del 2013. MI sorpresa fue cuando la chica me dice que no es la ultima cuota que aun me queda una mas a realizar en Julio de este año. Le comento lo del contrato y me dice que es lo que le sale en el ordenador. Al insistir tanto la chica se va a los archivos en papel y efectivamente yo teniarazon. Total que comprueba los pagos y se ve que si que estan los 48 pagos realizados, pero resulta que el 1er pago del prestamo que me cobraron no fue total, solo me cobraron una parte, el porque no me lo han dicho, que fue un error de ellos que tendria que haber sido total, pero claro ahora me reclaman esa parte, que no es mucho, que me falta por pagar, pero fuera del plazo del contrato y pagando una cuota mas. Yo les he comentado que no es culpa mia el que ellos se equivocaran y me cobrarn de menos, que ese no es mi problema. Legalmente me pueden cobrar o me puedo negar sin tener represalias legales?

RESPUESTA

Dependerá de como esté redactado el contrato, qué se reflejó y se realizó ese primer pago sin protesta hasta ahora. “Represalias legales” pueden ser que te reclamen esa diferencia en un juzgado, pero si ya dices que no es mucho, no sé si les valdrá la pena ir a un Juzgado.
Reclamar una deuda

PREGUNTA

Resulta que hace 6 meses, realizé un evento musical con unos socios y efectué un pago mediante transferencia bancaria a una cuenta de la sociedad de uno de los socios y aparte firmamos un documento privado donde consta que había realizado a la citada fecha una transferencia a la cuenta asociada a la empresa asi como en concepto de socio inversor en dicho proyectp. Resulta que llevo estos 6 meses esperando para cobrar mi dinero, ya no digo ganancias, sino que lo que he aportado por lo menos. Se puede reclamar legalmente de alguna manera tengo derecho?

RESPUESTA

Lo que explica no es un préstamo, sino que tal como resulta del documento privado es una inversión en un proyecto… cabrá ver si esa inversión fur fructífera (con lo que tendría derecho a los frutos), o bien´no se hizo nada (con lo que tendría derecho a recuperar el dinero), o bien se hicieron cosas pero se gastó el dinero, con lo que la inversión hubiera sido frustrada, y no tendría derecho a recuperar, pues la inversión supone soportar los riesgos del negocio. Si no se hubiera hecho nada, simplemente, cabría reclamar la devolución
Reclamar los intereses de una deuda

PREGUNTA

Mis padres prestaron a mi hermana a cuenta de herencia 12000 euros en el año 2002, sin papel firmado ni nada, pero si con testigos y demás hermanos de acuerdo. Ahora fallecidos ellos y a la hora de repartir la herencia se le pueden descontar a esa hermana los 12000 euros más una subida media del IPC (2, 71 por los 11 años que los ha tenido).

RESPUESTA

Pueden incrementar esos 12000 euros con los intereses, cuando se le hizo el prestamo, en el caso de que en dicho prestamo se haya previsto el incremeto por intereses. Si no se han pactado expresamente, el prestamo no devengará intereses. Como no hay ningún documento solamente podrán demostrarlo mediante prueba testifical.
Real Decreto de 24 de julio de 1889, texto de la edición del Código Civil mandada publicar en cumplimento de la Ley de 26 de mayo último (Vigente hasta el 22 de Julio de 2014)
Artículo 1755
No se deberán intereses sino cuando expresamente se hubiesen pactado.
Artículo 1756
El prestatario que ha pagado intereses sin estar estipulados, no puede reclamarlos ni imputarlos al capital.

ACLARACIÓN

Valen como testigo mi otra hermana que también tiene parte en la herencia, así como también unos primos hermanos que fueron testigos y que colaboraron para convencer a mi padre de que se le dejase ese dinero en el año 2002.

RESPUESTA

Vale cualquier testigo que lo fuera en su día.
Hacer un prestamo

PREGUNTA

Yo heredé de mi padre una cantidad de dinero. > Tambien tenía un dinero procedente de una indemnización de un seguro. > > Presté parte del dinero de la herencia y parte del de la indemnización, a mi hija para que montase una empresa. > Tambien he prestado a una amiga el resto de la herencia y parte del de la indemnización. > > He leido que hay que hacer contratos de prestamo privado a interes 0% y registrarlo en algún sitio, o formalizar ante notario un reconocimiento de deuda. > > Me gustaría saber que es lo que tiene mas peso legal. Que es mas comodo y barato. Y que es mas seguro.

RESPUESTA

Para que las cantidades entregadas tengan la cualidad préstamo, hay que hacerlo en escritura pública ante notario. De no hacerlo las cantidades entregadas lo serían en concepto de donación y sujetas al pago del correspondiente impuesto.
No se puede justificar haber hecho los pagos

PREGUNTA

Hace 2 años a mi marido le traspasaron un negocio q valoraron en 30.000€ y entre ambas partes quedaron en q mi marido se lo iba a pagar poco a poco. Entre ellos hicieron un papel n l q pone q mi marido le compra a Fco(vendedor) l 20% d su empresa, valorada n 6000€, los cuales son abonados d l sig manera: 1. a la firma d st doc. se l entregara 3000€ y 2. l resto a decision dl comprador. Segun mi marido st papel lo hicieron para l compra total dl negocio y q al principio l entregaba 6000€, l resto como quisiera. (aunq yo no lo ntiendo asi)yo ntiendo q l sta comprando solo l 20%…bueno l caso s q mi marido ya yeva entregados 15.000€ (sin papeles por medio) y aora se qiere cambiar d nave (dnd sta aora s alqiler)y sta sera d nuestra propiedad y mi marido se niega a seguir pagando sin recibir nada a cambio (ya q mi marido izo sus propias scrituras del taller mecanico) ste señor le ofrecia traspaso d cartera d clientes y herramientas (las cuales no valen 30000€) y los clientes son d mi marido q yeva 15 años trabajando ahi. y ahora lo amenza diciendole q se vaya d ahi pero q las herramientas se qedan dnd stan, q el ya metera a otro mecanico, entonces ¿q pasa cn el dinero entregado? ¿se tendra q yevar mi marido las herramientas? ¿le tendra q segir pagando x nada?

RESPUESTA

Solo hay un documento que dice que su marido compra el 20% del negocio y que se valora en 6.000 euros.Y de las entregas posteriores hasta los 15.000 euros que ha pagado, no tiene ningún recibo ni forma de justificarlo. Entiendo que lo único que puede justificar es la entrega de 3.000 euros, de cuando se firmó el documento. Eso es lo que consta y lo que legalmente se puede demostrar.Y a menos que pueda probar de alguna forma, que no sea la documental, las entregas posteriores, a todos los efectos no existen.Lo único que le puedo recomendar es que cuando su marido entregue cualquier cantidad de dinero, por cualquier concepto, exija un recibo, porque de otro modo nunca podrá probar los pagos que hace.

LOPEZ COLLADO TRmRK

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