Bajar el precio del alquiler Abogado Online. Tengo un piso alquilado desde hace 7 años a unas inquilinas que pagan bien y estoy contenta con ellas.Les hice un contrato de Noviembre de 2005 a Noviembre de 2010, y les renové. Ahora están en su segundo contrato que va de Noviembre de 2010 a Noviembre de 2015.Me pagaban de renta 494 euros porque desde el 2005 que entraron les fui actualizando el IPC, y al renovarles les subí 20 euros solamente porque las cosas ya estaban mal por la crisis.Ayer me llamaron diciéndome que en un mes me dejaban el piso porque habían encontrado otro más barato. Que por 480 euros les incluían la calefacción al ser calefacción central, cosa que a mí me la pagan aparte de los 494.No sé si lo del otro piso era una verdad o una amenaza. Lo cierto es que en marzo me dijeron que se iban a buscar otro sitio porque pagaban demasiado. Y es ayer cuando me llamaron diciéndome que tenían ya algo. Si no era verdad creo que si no les rebajo, antes o después si se habrían ido, no? Porque había pisos más baratos que el mío.Yo les dije que les rebajaba a 450, pero me dijeron que más de 400 no pagaban.Y les dije que me lo pensaría y que hoy les daba la respuesta.Al hablar hoy he intentado dejarlo en 420 pero seguían diciendo que más de 400 no pagaban.
Al final, he accedido en dejárselo en 400, ya que en esa zona ( es la provincia de Guadalajara ), han bajado los alquileres, y como son buenas inquilinas prefiero mantenerlas aunque me paguen menos y aunque les he tenido que rebajar 94 euros, que decirles que se vayan y no saber si alquilo el piso o sino, ya que hay muchos pisos libres. Mi duda es la siguiente: el contrato vence el 1 de noviembre de 2015.Yo he pensado añadir a ese mismo contrato una clausula en la que diga que modificamos de común acuerdo la renta pactada a 400 euros. Mi duda es que no sé si es correcto hacerlo así, o si tendría que redactar un nuevo contrato y que el tiempo del contrato empezara a contar desde ahora. Lo de yo hacer una clausula es porque el contrato de 2010 ya lleva dos años, y sólo me quedarían tres de mantener esa renta de 400 euros.Y pasados esos tres años podría renegociar una subida. Aunque creo que ahora los contratos ya no son de 5 años? Sino de tres años?? Tampoco sé si es correcto en caso de hacer una clausula hasta el 2015, decir que la renta serán 400 euros, porque igual de aquí a dos años las cosas han cambiado y esa renta se queda muy baja.Pero es que según está todo los precios de los pisos están tirados, y el año pasado cuando les subí el IPC, pusieron el grito en el cielo. Por eso es por lo que yo me inclinaba más a hacer una clausula hasta que finalice el contrato en 2015, y así puedo modificar la renta antes.
Lo que quiero que me aconsejen es si es mejor hacer una clausula sobre el contrato ya existente, o si es mejor hacer un contrato nuevo.Y otra duda que tengo es si es cierto que con la modificación de los alquileres ya no se actualiza la renta con el ipc? O es lo que las partes pacten? Y por tanto se puede seguir actualizando con el IPC?
RESPUESTA
Intento aclarar sus dudas
Yo he pensado añadir a ese mismo contrato una clausula en la que diga que modificamos de común acuerdo la renta pactada a 400 euros. Mi duda es que no sé si es correcto hacerlo así,
Es correcto hacerlo así. No hace falta un nuevo contrato. Para no tocar el contrato original, pude redactar un ANEXO, que diga que se modifica la renta siendo la nueva de 400 &euro,, manteniéndose en lo demás todas las clausulas contractuales.
Eso no produce una renovación del plazo pactado. es decir, con la nueva renta, el contrato se mantiene hasta 2015. El plazo obligatorio actual es de 5 años (pronto cambiará a 3 según va a aprobar el Parlamento, pero eso no afectará a su contrato.
porque igual de aquí a dos años las cosas han cambiado y esa renta se queda muy baja.
No creo que en dos años la cosa vaya a mejor
con la modificación de los alquileres ya no se actualiza la renta con el ipc? O es lo que las partes pacten? Y por tanto se puede seguir actualizando con el IPC?
Con la ley actual, el índice para la actualización es el IPC. Con la próxima ley, no se establece el IPC como obligatorio, sino que las partes podrán pactar actualizar como quieran
ACLARACIÓN
La duda que tengo es que usted me indica que de aquí a dos años no cree que la cosa haya mejorado?
Por tanto no ve mal que mantenga la misma renta hasta el 2015?
Es que esto lo debo dejar reflejado en el anexo.
Si no modifico la renta hasta 2015 debo dejarlo reflejado en ese anexo.
Ellas me decían que había pisos más baratos. Creo que en estos 3 años quizá no deba tocarles la renta ya que es cierto que los precios están muy a la baja.
Desde sus conocimientos. Ve factible mantener la misma renta hasta noviembre de 2015 en los que usted me indica que no cree que haya ningún cambio??
Actualmente los inquilinos fijan los precios del alquiler. Y es posible que no vieran bien que les subiera a lo largo de estos tres años.
Y me imagino que de subirles podría ser una cantidad mínima, por lo que igual me trae más cuenta mantener lo mismo para evitar discusiones.
Mi miedo es que de aquí a dos años la cosa mejore. Pero usted me indica que no va a ser así en el tema de los alquileres?
RESPUESTA
No creo que el mercado de alquiler mejore en los próximos 3 años. Establezca simplemente en el Anexo la renta de 400 &euro,, y como lo demás se mantiene igual, será de aplicación para cada año siguiente la actualización con el IPC, según le convenga, podrá incrementar con el IPC, o no hacerlo.?
PREGUNTA.
Estoy viviendo en un piso alquilado y he solicitado al dueño (a través de la agencia) una bajada del alquiler a partir de junio.El dueño ha aceptado, y como el contrato finalizaba en noviembre de este año (haría 5 años) los de la agencia me comentan que adelantan la formalización de la prórroga, y que por tanto les tengo que pagar 180&euro, en concepto de ampliación de contrato (3 años más con el nuevo precio).
Mi duda es si es legal que la agencias cobren por ampliaciones o prorrogas de contrato.
RESPUESTA
No es legal: la prórroga de un contrato de arrendamiento, después de los primeros 5 años, es automática si ni el arrendatario ni el arrendador quieren finalizarlo. ,Si el arrendador y tú estáis de acuerdo en continuar por los siguientes 3 años, no hay que hacer nuevo contrato, simplemente sigue rigiendo el anterior. Sólo cabría modificar la cláusula de la renta. Si por esa modificación te quieren cobrar 180 &euro, niégate y llévala tú misma Así: Fecha …Anexo al contrato de arrendamiento de la finca de C/….., firmado por las partes en fecha……Para el nuevo periodo contractual de prórroga de 3 años las partes pactan que la renta pasará a ser de …. &euro,, manteniéndose igual las demás cláusulas contractuales.