Multa aparcamiento. Sancion no notificada Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: La semana pasada olvidé que había dejado el coche aparcado en la zona azul de mi población, durante aproximadamente 4 horas y media… Cuando fui a coger el coche no vi ningún tipo de papel, denuncia, multa… O sea nada de nada. La cuestión es que no sé si me pusieron la multa o no. La pregunta es ¿El personal encargado de denunciar en la zona azul tiene la obligación de poner papel en el parabrisas? Porque imaginemos que hubiese pagado mi tiquet de la zona azul, se hubiese caído al suelo del coche, y el controlador de la zona azul no lo hubiese visto… Al yo ver el papel de la multa podría haber anulado la multa con el tiquet o haberlo guardado para recurrir… Otra cosa ¿En qué tiempo me tienen que notificar en mi domicilio la multa (en el caso de que me la hubiesen puesto)?
RESPUESTA
El agente debe dejar notificación de la denuncia en caso de que Ud. no esté presente, ahora bien… esto no le va a llevar a ningún sitio, por que Ud. podrá decir que no se dejó la papeleta en el parabrisas, y el Agente decir que si la ha dejado.
La mejor forma de saber con seguridad si le han multado o no, es ir al Ayuntamiento y consultarlo allí.
Cada Ayuntamiento tiene su sistema y va a su ritmo, no hay un plazo determinado para notificar las multas.
Si usted cree que la multa es injusta o bien que la falta de notificación en el momento le ha impedido anularla pagando, puede recurrir la sanción. En la propia notificación de la sanción se le informa de los recursos a interponer y de sus plazos.
Para este recurso no necesita abogado.
Multa de aparcamiento. Descuento pronto pago
PREGUNTA
Me han puesto una multa de aparcamiento en zona azul en Madrid (SER) y me gustaría recurrir ya que ni me dio tiempo a llegar a la máquina y pagar. La pregunta es si merece la pena recurrir o pagar el pronto pago. ¿Son ciertos tantos rumores por internet sobre este tipo de multas?
RESPUESTA
Si no tiene pruebas le recomiendo el pronto pago.No haga caso de rumores por internet. Lo unico cierto son los hechos y que tendrá que hacer pago de la sación a menos que tenga un motivo y pruebas en que sustentar un recurso.Si quiere recurrir vaya a: http://www.lopezcollado.es/respuestas/administracion-publica/como-recurrir-ante-la-administraci%C3%B3n/