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Mi expareja se ha llevado a mi hijo sin mi permiso

Me gustaria saber si el.papa de mi hija de 4 años el cual tiene una demanda por insistencia alimentaria y teniendo.un acuerdo.por comidaria de familia en la cual yo.tengo la custodia provisional de ella se la.puede llevar a santamarta sin mi permiso viviendo nosotros en giron , y me informo en la noche del siguiente día, cuando.la busq por todos lados que se la.habia llevado…que puedo hacer a donde debo ir a poner la denuncia y bajo qué cargo.
RESPUESTA:
Antes de julio de 2005, el procedimiento habitual era denunciar los hechos ante la policía o el Juzgado de Guardia, abriéndose un juicio de faltas. Esto no tenía mayor relevancia (1 incumplimiento) y eventualmente una multa.
Sin embargo, despues de 2015, el mero incumplimiento que comentas fue despenalizado. Es decir, si presentas una denuncia PENAL por este hecho, no la cursarán, pues ha dejado de ser un un acto penalmente relevante.
El incumplimiento puntual que comentas, habrá de ser relevante si, en el futuro, se reitera ese comportamiento, pudiendo llegar a la situación de un incumplimiento reiterado que pueda otorgarte un derecho a modificar el régimen de visitas actualmente establecido. Así, el artículo 776.3º de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que ““El incumplimiento reiterado de las obligaciones derivadas del régimen de visitas, tanto por parte del progenitor guardador como del no guardador, podrá dar lugar a la modificación por el Tribunal del régimen de guarda y visitas”.”
Con todo, lo importante es que quede constancia de ese incumplimiento, y, en su caso, de cada uno de los que puedan tener lugar en el futuro. En principio, por ser lo que ha hecho un incumplimiento de la custodia provisional que tienes otorgada, y dado que comentas que el procedimiento está en curso, debes presentar un escrito al Juzgado que lo lleva explicando el suceso, y pidiendo al Juez que requiera a tu expareja para que cumpla el régimen establecido
El Juez le requerirá y le avisará de que podrá imponerle multas si reitera el incumplimiento. En el futuro, si reitera los incumplimientos, cada vez comunícalo al Juzgado que lleva el asunto. En caso de que siga sin hacer caso a los requerimientos que el Juez le haga, podrá entonces sí incurrir en un delito de desobediencia, sin perjuicio de las consecuencias que propiamente pueda tener en el procedimiento ahora en curso, pues sus incumplimientos podrán motivar que el tribunal decida un régimen de visitas que evite tales incumplimientos (por ejemplo, que haya de ver al menor en un centro Familiar.

LOPEZ COLLADO TRmRK

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