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Ref. 16211
Hurto en centro comercial. Juicio. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Intentaré ser breve (adjunto un croquis de la situación): esta mañana he ido a la FNAC con intención de comprar un producto que había visto el día anterior, y al ir al mirar el precio he visto que no tenía protección de seguridad y me lo he guardado en el bolso. Sé que es vergonzoso y no tiene excusa, pero acababa de salir del dentista que me ha presupuestado 375€ de arreglo dental y mi situación económica es bastante precaria, y así me ha surgido de forma impulsiva pensar en llevarme el producto sin pagar (costaba 60€). Después he estado mirando otros productos y al de un rato me he decidido a salir. Estando todavía dentro del establecimiento, el guardia de seguridad (que está en la salida) se ha dirigido hacia mí. Hasta ahí, pues bueno me han pillado, nunca lo había hecho y ha sido vergonzoso pero lo acepto. Lo que no me ha gustado ha sido la actitud del guardia, que me ha agarrado fuertemente del brazo a la vez de “acompáñame”, le he dicho que me estaba haciendo daño y me ha respondido “no, no te hago daño. Está todo grabado”. En ningún momento me he resistido y le he acompañado a un cuartito. Allí me ha hecho sacar el producto y todas mis pertenencias del bolso y bolsillos del pantalón, a lo que yo he colaborado en todo momento y por supuesto no he ofrecido ningún tipo de resistencia. Su actitud ha sido en todo momento bastante “borde”, me ha dicho que me iban a denunciar y que yo ya tendría varias denuncias, a lo que le he respondido que no, que era la primera vez. Después me ha preguntado si no me había llevado un ordenador de El Corte Inglés (que está enfrente), ante lo que me he quedado sin palabras y obviamente le he respondido que no, que no sabía de qué me estaba hablando. Me ha dicho que el día anterior le habían avisado sus compañeros de El Corte Inglés de que estaba entrando en su establecimiento (FNAC) y que me habían estado grabando ayer y hoy. El día anterior efectivamente estuve en El Corte Inglés, habían cerrado ya los estancos y entré, compré un cartón de tabaco, pagué y salí, crucé la calle y entre a la FNAC. Supongo que se han confundido con otra persona y el guardia cree que ha cogido al Lute o algo así, ya que ni siquiera en ese El Corte Inglés (que yo sepa) tienen los productos de informática, sino en otro que está situado en otro lugar de la ciudad. Después me ha “preguntado” irónicamente refiriéndose al producto “¿Y no tienes dinero para pagarlo, no?”, a lo que yo le he respondido que sí (de hecho había ido con la intención de comprarlo), y se ha marchado dejándome a cargo de otro agente, pero sin darme la opción de abonar el producto. Durante el tiempo que he permanecido allí hasta que ha venido la policía, me han dicho que no utilizara el móvil, que no podía hacerlo. Luego ya ha venido la policía, me han cogido los datos, han cursado la denuncia, y me han emplazado a un juicio rápido pasado mañana como imputado por “Falta de hurto”. Mis preguntas son: 1. Acepto y soy responsable y me avergüenza lo que he hecho, pero la actitud arrogante de los guardias de seguridad me ha parecido excesiva. Creo que me han confundido con otra persona y me han tratado como un delincuente habitual y de mala manera. Yo he sido correcto en todo momento y he colaborado en todo y hubiese estado totalmente dispuesto a abonar el producto, y acataré religiosamente la sanción que me imponga el juez, pero ante esa actitud agresiva me surgen estas preguntas: ¿sigue siendo falta de hurto aunque yo no hubiera abandonado el establecimiento (el guardia me intercepta a unos 7 u 8 metros de la salida), y podría estar yendo, por ejemplo, a comprar entradas que está junto a la puerta (que no era mi intención como ya he dejado claro y puede estar todo grabado)? ¿Valdría el hecho de no haber abandonado el establecimiento para salir inocente, o no merece la pena y es mejor declararme culpable y no meterme en más líos? ¿Me sería de algún tipo de ayuda un abogado (la policía me ha dicho que no es necesario si no quiero)? 2. La segunda pregunta es, que si acepto los hechos y mi intención de robar el producto, qué documentación tendría que llevar al juicio. Llevo sin empleo 1 año cobrando el subsidio que pronto se me termina (unos 940€/mes) y pago un alquiler de 430€ + gastos, ¿debería llevar algún tipo de documento al juicio que lo demuestre ante la posibilidad de que se me multe, o sirve de palabra? ¿Y en el caso de que el juez determinara mi culpabilidad y antes los ingresos gastos que les indico, cuál podría ser la multa? ¿Algún consejo para el juicio?
RESPUESTA
(Noviembre 2013) Si bien por lo que usted me relata, el guarda jurado ha actuado de forma poco correcta, no ha incurrido en ninguna ilegalidad. En los juicios rápidos de faltas, los hurtos son los más comunes y la mecánica de un juzgado en tales casos se limita a comprobar la veracidad de la denuncia, a oír a los testigos y a las partes. Por mi experiencia le diré que en mi opinión lo mejor que puede hacer es: declárese culpable, muéstrese arrepentido, pida disculpas, añada que intentó pagar el producto pero que el guarda de seguridad no se lo permitió y que no dañó el producto que quedó retenido en la FNAC (por este orden) No añada nada más que suene a «excusa» pues podría interpretarse como un intento de eludir la condena, o confundir al juez, cosa que no le conviene de ningún modo. No diga nada, si nadie hace mención del tema del ordenador presuntamente sustraído en El Corte Ingles. Si sale a colación en el juicio, basta con que alegue que usted se limitó el día anterior a comprar tabaco en el estaco que está en la planta baja, sin tener nada que ver con el hurto de un ordenador. La impondrán una sanción que podrá consistir en localización permanente (antiguamente arresto domiciliario) o al pago de una multa. El importe de las multas se determinará en función de la gravedad de la falta y de los ingresos del condenado. Por una parte, se impondrá la cantidad y por otra el tiempo, así pues una multa de 10 euros diarios (determinada en virtud de los ingresos del penado) durante 30 días (determinada por la falta cometida), será de 300 euros. En las penas de multa, los impagos pueden convertirse en penas privativas de libertad, cumpliéndose la mitad del tiempo impuesto en sentencia, si se condena a 30 días, la privación de libertad es de 15 días. Si las dificultades económicas hacen muy difícil el pago de la multa, es posible solicitar del Juzgado que se permita abonarla en pagos fraccionados, generalmente no resulta ser un problema. Es conveniente que lleve justificantes de que se encuentra en situación de paro para que, en caso de multa, sea de un importe lo más reducido posible. No es necesario que se asista de abogado y siguiendo las instrucciones que le he comentado, todo se desarrollará conforme a lo esperado. .
ACLARACIÓN
Esta mañana tenía el juicio por falta de hurto a las 12: 00 del mediodía. Yo sufro de un transtorno ansioso-depresivo acompañado de crisis nerviosas de ansiedad, debido al cual estoy en tratamiento. La pasada noche no he podido dormir puesto que estaba muy nervioso y ya a primera hora de la mañana de hoy estaba con mucha ansiedad y sensación de angustia. He tomado los medicamentos que tengo recetados para estos crisis, pero ésta no cesaba sino que iba en aumento. De modo que he llamado al centro de salud donde soy paciente, he hablado con la enfermera de mi psiquiatra y me ha dicho que acudiera, allí me ha atendido y me ha inyectado una dosis fuerte de anxiolítico vía intramuscular y me han instado a que permaneciera allí durante un tiempo y que después me fuera a casa ya que estos medicamentos adormecen y producen somnolencia. Trasu buen rato adormilado en la sala de espera me he espabilado un poco y he visto que eran las 11: 45 y que me daría tiempo a llegar al juicio. He salido para allí, más me ha costado encontrar la sala, y para cuando he llegado a la puerta justo salía el guardia de seguridad que me ha denunciado junto con su abogado, más una persona que me ha informado que el juicio ya se había celebrado y que no me quedaba más que esperar la sentencia (no sé su cargo pero evidentemente trabajaba allí). He vuelto a subir a la secretaría judicial (que es donde me han indicado finalmente dónde estaba la sala) y me ha redactado una certificación de haber comparecido de 12: 10h a 12: 20h. Después he vuelto a mi centro de salud, y la enfermera me ha redactado un «justificante» donde indica que hoy he sido atendido de urgencia y que he recibido la citada inyección de anxiolítico y que seme recomienda reposo durante unos días. Mi pregunta es: ¿Qué hago ahora, debería llevar el justificante médico al juzgado o ya que se ha celebrado el juicio no puedo hacer nada? Supongo que al no estar yo presente, el guardia de seguridad y su abogado habrán podido decir lo que hayan querido, y yo no he podido ni expresarme ni aportar la documentación de mi condición de desempleado, situación económica, etc, con lo que no sé qué puede esperarme en la sentencia, y tampoco sé si será agravante el no haber estado presente en el juicio, y hasta que eso pueda llevar consigo una multa. ¿Quéme recomienda hacer?
RESPUESTA
(Noviembre 2013) Aporte al juzgado el justificante de la asistencia medica y de estar en paro.
ACLARACIÓN
he ido al juzgado pero no me han permitido aportar nada, me han dicho que espere a la sentencia.
RESPUESTA
(Noviembre 2013) Entonces no tiene más solucion que esperar la sentencia. Pena por una falta de hurto
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PENAL
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