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Herencia de hermanastros

Herencia de hermanastros. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Mi padre ha fallecido y somos dos hermanos, bueno hermanastros porque mi hermano es hijo de otra mujer con la que se casó mi padre después de fallecer mi madre. ¿podemos aceptar una parte de la herencia? ¿podría este aceptar de forma individual la herencia de su padre, aunque no se haya repartido…..? Y cuando fallezca la mujer de mi pdre como se repartirá?

RESPUESTA
(Noviembre 2013) Los herederos del padre, si son sus dos hijos, deben aceptar la herencia íntegra, puede aceptar uno y el otro no, pero esa aceptación del primero no lee sirve de nada (más que para acreditar que es heredero): la «adjudicación» de los bienes de la herencia requiere previa «partición», que cada hermanastro diga qué es de cada uno de la herencia de su padre. El segundo hermanastro cuando fallece su madre (2 esposa) es heredero de la misma, y ha de heredar sus bienes privativos y la 1/2 de la sociedad de Gananciales el hijo del segundo matrimonio, no puede hacer una aceptación parcial (es decir aceptar los bienes privativos de su madre y dejar a posteriori la parte correspondiente a los gananciales de su madre y su padre, los cuales habrá de compartir con su medio hermano, según testamento)¿es esto así…? SI ¿podría este aceptar de forma individual la herencia de su padre, aunque no se haya repartido…..? SI, pero esa aceptación sería inoperante (o meramente acreditativa de su condición de heredero). a efectos prácticos (que será lo que le interesa saber), como concurre con otro heredero, es necesario hacer la Partición, (a no ser que el fallecido, en el testamento, ya la hubiera hecho, es decir, esto será para tal, y esto otro será para cual ¿que gastos supondrían estos trámites, en el supuesto de haberse producido el óbito del marido hace 5 años y medio? No pagarían impuestos: pagarían gastos de notario y en caso de haber fincas, gastos de Registro .

ACLARACIÓN
¿que ventajas se puede obtener con la aceptación de la herencia (es decir además de la condición de heredero) y sus inconvenientes si es que los hay?, caso de malas relaciones familiares. Dice usted : «así el hijo del segundo matrimonio, no puede hacer una aceptación parcial (es decir aceptar los bienes privativos de su madre y dejar a posteriori la parte correspondiente a los gananciales de su madre y su padre, los cuales habrá de compartir con su medio hermano, según testamento)¿es esto así…? SÍ, así es.

RESPUESTA
(Noviembre 2013) Aceptar una herencia que requiere partición (adjudicación a los herederos de cada cosa de la herencia), sin realizar esa partición, sirve para poder acreditar que una persona es heredero, en su caso para poder ejercer derechos que eran del fallecido. Podría acceder a información bancaria del fallecido… pero sin poder disponer de los saldos. Particularmente no podría vender una casa a pesar de ostentar la condición de heredero, pues faltaría la adjudicación. ventajas? prácticas ninguna. Si por ejemplo el fallecido hubiera tenido alquilado un piso, pues el heredero podría interponer demandas por falta de pago, o bien resolver el arredamiento o bien contratar uno nuevo. Serían todos actos de administración de la herencia, no actos de disposición Inconvenientes, el pago de los impuestos, escrituras, etc. Y ser el heredero también de las deudas que tuviera el deudor, si se acepta a beneficio de inventario, hasta el valor de la herencia. .

ACLARACIÓN
leyendo su última respuesta deduzco que la condición que se adquiere con la aceptación, no va mucho más allá de puro trámite burocrático, afectando tan solo a efectos de administración de la la citada herencia, quedándo por decirlo de manera «vulgar», la parte esencial la adjudicación. Al hilo de la adjudicación, repasando sus intervenciones se me ocurre pensar, en el caso del segundo hijo (quien tiene que repartir los gananciales de madre y padre y privativos de madre) ¿podría hacer la aceptación de la herencia de forma total y adjudicarse los privativos de la madre (no tiene que repartir con nadie) y dejar los gananciales para más adelante…..??

RESPUESTA
(Noviembre 2013) El segundo hijo tiene la herencia de su madre, y la herencia del padre de ambos hermanos. Es el heredero único de su madre, por lo que cuando acepta la herencia no tiene que partir con nadie: bastará que determine los bienes de la herencia, adjudicándose los privativos (resultará de los títulos de propiedad que pertenecían a la madre, y no a una sociedad de gananciales), pudiendo adjudicárselos. Gananciales Herencia Divorcio

LOPEZ COLLADO TRmRK

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