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Guarda y custodia sin trámites judiciales

Guarda y custodia sin tramites judiciales. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: mi ex mujer quiere ir a una fiesta de una amiga (dice que es una ocasión especial) y me a pedido que me quede con mi hijo en su casa, y sino lo dejara con la señora que le alquila la habitación. a mi no me da ninguna confianza porque no la conozco y tampoco puedo quedarme allí a dormir porque no confió en mi ex mujer (creo que quiere ponerme falsas denuncias por robo o violencia de genero) y le he propuesto que me deje traerlo a mi casa esa noche y lo llevo por la mañana pero no quiere. prefiere dejarlo con la señora. quisiera saber si puedo hacer algo para que mi hijo no se quede solo con esa señora. puedo ir a buscarlo cuando su madre se vaya? puedo llevar a la policía si la señora se niega a darme a mi hijo?todavia no hay ninguna orden judicial, solo un acuerdo verbal.estamos en proceso?

RESPUESTA

Si no hay nada acordado, usted tiene igual derecho que la madre, a estar con su hijo. Ahora bien, si usted sospecha que ella pueda en algún momento planificar una situación para propiciar una denuncia, entonces lo mejor es que espere a que haya una resolución judicial y evite tales situaciones en la medida de lo posible.En cuanto a dejar a su hijo al cuidado de una tercera persona, cabe esperar que la madre del niño tiene total confianza en ella. Es una situación bastante común recurrir a cuidadores ajenos a la familia en caso de que puntualmente no pueda atenderse a un hijo y también es de esperar que la confianza en esa persona debe ser total. En su caso, la madre deja al niño al cuidado de una señora que es quien le alquila la habitación donde vive, es decir que tiene razones suficientes para saber si esa señora es lo bastante responsable como para cuidar bien y atentamente del niño, aunque a usted, que la conoce menos, no le inspire la misma seguridad. En este caso es la madre del niño quien tiene mayores elementos de juicio, por la proximidad con la cuidadora que los que usted pueda tener y por tanto la decisión que ella tome respecto a dejar el niño bajo su ciudado estará siempre más informada que la de usted. Por otra parte y sobre todo si se tratase de una salida nocturna, es muy posible que la madre considere que el niño estará más cómodo quedandose esas pocas horas en el lugar donde vive, sin interrumpir sus horarios ni su rutina habitual. En caso de que surja un conflicto, ese será el razonamiento que haría un juez sobre la cuestión. No se tratra de quien tiene más derecho a estar con el siño, sino de a quien se confia su cuidado por un corto espacio de tiempo y de manera ocasional.Si no se han instado ante el juzgado las medidas necesarias para determinar con exactitud estas cuestiones, además de otras de mayor importancia, como establecer una régimen de visitas y una pensión de alimentos a favor del menor, le recomiendo que se abstenga de intervenir en este tipo de cuestiones y permita que sea la madre, que de forma efectiva aunque no todavía legal, tiene al niño bajo su guarda y custodia.También le recomiendo que a la mayor brevedad, ya sea de común acuerdo o sin él, tomen las medidas necesarias para adoptar acuerdos legales.Si no tienen medios para designar un abogado particular, puede usted o ambos, acudir al Colegio de Abogados del partido judicial al que corresponde su domicilio y solicitar que les sea designado un abogado del turno de oficio e iniciar los trámites para solicitar también la asistencia jurídica gratuita.?
Visitas a los hijos cuando no hay resolucion judicial

PREGUNTA

Llevamos 3 semanas q cada uno cambiamos de casa durante éste tiempo yo he echo frente al pago de la mitad de gastos para los niños, comida, libros, gafas ella ahora me pide 400 euros como manutención , yo al no poder hacer frente a ese pago ella me ha prohibido ver a los niños, yo quiero saber sí es legal q me haga eso sin haber una sentencia y sí es ilegal dónde tengo q ir a informarlo?

RESPUESTA

En tanto no haya una resolución judicial que determine un régimen de visitas para el cónyuge no custodio, si éste se niega a permitir la comunicación entre padre e hijos, no vulnera nincuna disposición legal, por tanto es importante que, cuanto antes, interponga el oportuno procedimiento donde se determine, entre otras consideraciones, el régimen de visitas a favor del padre de los menores.Para interponer una demanda judicial debe acudir a un abogado, ya que la ley determina que para ese procedimiento es obligado estar asistido por un letrado.

LOPEZ COLLADO TRmRK

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