Embargo judicial. Falta de notificación. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: soy medico, colegiada en madrid desde 2001, recientemente he pedido la baja al colegio por tener desempleo prolongado, y ME ENTERO CON SORPRESA que tengo hecho un proceso legal: resulta que en 2006 me mude para andalucia por trabajo, y con la locura del cambio parece que no aclaré al colegio la nueva direccion, ni el nuevo telefono, ymeses despues cuando mi cuenta bancaria pasa de la caixa en madrid a la caixa de sevilla al cambiar de banco parece que los recibos de cuotas fueron devueltos y no me percaté de ello, ( pues son cuotas cuatrimestrales y no es facil controlarlas) dice el colegio que se devolvieron cuotas desde el 2007 hasta el 2010 y en el 2010 deciden iniciarme un proceso judicial, ya que no tenian ni mi direccion ni telefono ni datos bancarios, y que en la colegiacion es obligatorio dar cuenta de estos cambios, con la orden del juez me encontraron y me recomenzaron a cobrar las cuotas en la caixa de sevilla desde 2011, y yo SIN ENTERARME DE TODO ESTO , COMO SI NADA HUBIERA OCURRIDO, VEO QUE ME LLEGAN LOS RECIBOS NORMAL, Y SIGO MI VIDA FELIZ, ahora cuando les solicito la baja, ellos se dan cuenta de que tienen ese proceso realizado en2010, que al parecer habian archivado, sin ejecutar, pues nunca me descontaron ni me notificaron ni me sacaron de la cuenta nada, aquello se archivó, y simplemente cuando me localizaron: solo continuaron cobrando las cuotas correspondientes a los meses en curso desde 2011 a acá.pero de aquella deuda ni una palabra. me dicen que es una deuda de 1500 euros(4 años de cuotas pendientes masla penalizacion del proceso de uns 200-300 euros) y que si yo quiero la baja colegial tengo que pagarla total o en mensualidades , durante un año, pero si escojo la modalidad de mensualidades, tendría tambien que ir pagando la del mes en curso pues no tendría la baja hasta que liquide la deuda yo le pregunto a usted: 1-cuando habian pasado 4 años sin dar señales de vida ni direccion ni cuenta bancaria ¿no es procedente dar de baja natural a ese colegiado? no entiendo que haya que perseguirlo como si yo les debiera algo, estar colegiado es estar registrado, pero el colegio no me da nada yo no le debo nada al colegio, para que me persiga por toda españa como una deuda hipotecaria 2- iniciaron un proceso judicial que dio solucion en 2010-2011, cuando me localizaron y me encontraron , NO HICIERON EFECTO DEL COBRO DE LA DEUDA EN SU MOMENTO parece que por mal procedimiento o por traspapeleo, y simplemente me continuaron la colegiacion, como si nada , ¿ no ha perdido vigencia ese proceso judicial? por mal trabajo de ellos se traspapeló? si es así : tengo que someterme a esa sancion hoy ? no queda eso invalidado? 3- en el colegio me han dicho que ellos no tienen mi expediente pues se le entregó a asesoria legal cuando el proceso judicial, y desde entonces estoy en manos del departamento legal, al que he pedido valoraran si habia posibilidades de compensar de alguna manera todo esto teniendo en cuenta que tengo problemas economicos precisamente por lo que pedí la baja del colegio, y la unica solucion que me responden es que pague los 1500 para poder salir de baja. de un solo pago o en plazos durante un año, ademas de las cuotas correspondientes a ese año, para mí es un esfuerzo economico importante , las dos posibilidades.pues las cuotas de colegio son 81 euros cuatrimestral. ve usted alguna posibilidad de aliviar esta deuda? o tiene ellos toda la razon y tengo que ser penalizada por ese descuido de no actualizar mis datos al mudarme de casa. ¿ no es evidente que si yo cometí un descuido , ellos tambien ?pues nunca me notificaron al respecto y desde el 2010 ya tenian mi direccion y mi nuevo telefono ¿ tengo alguna posibilidad de aliviar este problema?
RESPUESTA
(Noviembre 2013) La deuda persiste y hay que hacerla efectiva. Si bien es verdad que el Colegio no ejecutó la resolución judicial, deberían haber transcurrido 4 años desde la misma para que la deuda quedase prescrita. Por otra parte usted puede recurrir esa resolución ya que nunca fue notificada de la existencia de tal sanción, aunque en caso de tener éxito, hay que entender que las únicas cantidades que podría evitar pagar son las correspondientes a la sanción, pero no las de las cuotas colegiales que si se han devengado. Para poder considerar prescrita la deuda es necesario que transcurran 4 años sin ninguna actuación por medio, cualquier actuación judicial o encaminada al reclamo de la deuda volvería a contar los 4 años de prescripción desde el principio. El problema es que, al ser cuotas mensuales, de nada sirve intentar un embargo de nómina, por ejemplo, que en caso de ser posible le supondría una cantidad mínima mensual hasta cubrir la total deuda, porque paralelamente al embargo se irían sucediendo las cuotas mensuales. La única posibilidad es pactar con el Colegio un reconocimiento de deuda y su pago mensual fraccionado hasta cubrir el total importe, pero no creo que el colegio lo acepte. Quizás un estudio más pormenorizado del tema podría solucionar una parte del problema, pero mi recomendación es que, dado el importe en cuestión, lo pague, porque cualquier trámite a través de un abogado solo podría resolver la parte de la deuda correspondiente a la sanción, con lo cual le saldría todavía más caro.