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Desistimiento arrendamiento por humedades

Desistimiento arrendamiento humedades. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Humedades en la vivienda arrendada. Actualmente estoy en un piso de alquiler, el cual quiero dejar por temas de humedades, ya que estoy con la alergia y lo paso fatal, tema de dolores de cabeza y demás. El dia 30 de noviembre, avisé a la propietaria de que nos ibamos mi pareja y yo. El problema: En su dia, firmamos que si nos queriamos ir en algun momento, tendriamos que darle 2 meses para que encontrara a alguien. El caso, es que me he estado informando, y se que legalmente es 1 mes, ya que el piso no tenia muebles ni superaba los 5 años de contrato, Yo le dije que si nos «perdonaba» el mes de enero, ya que hemos encotnrado un piso en condiciones de habitar y nos queremos ir, por lo que el piso quedará vacio. Es legal que ella me pida ese mes de enero, aunque yo no viva aquí ??? me lo puede quitar de la fianza si no le pago el mes de enero ????? (le di 1800 de fianza , )Ademas, en el contrato, ponia que nos dejaba a nuestro cargo una nevera y una lavadora, me la podría llevar????????? o me la puede reclamar????????

RESPUESTA
Si firmaron un pacto en virtud del cual si ustedes se marchaban del piso antes de la finalización del contrato tenían que darle a la arrendadora 2 meses de tiempo y pagar esos dos meses, lo que vale, es ese pacto y ustedes tienen que pagarle esos dos meses de renta. La ley estipula lo que debe hacerse en caso de que las partes no hayan pactado nada sobre el desistimiento del contrato, pero si hay un pacto lo que prevalece son los términos de dicho pacto. Por tanto es perfectamente legal que la arrendadora se lo reclame. Ahora bien, si la razón por la que abandonan esa vivienda es médica y esa vivienda tiene unas humedades que perjudican su salud, ya es una cuestión distinta. Si mediante informes médicos que digan que su salud se ve afectada por las humedades de la vivienda y efectivamente esa vivienda tiene un problema de humedades que afectan a su salud, y ese es el motivo para desistir del contrato de arrendamiento antes de la fecha pactada, entonces es posible dejar la vivienda sin tener que pagar los dos meses de penalización pactados. ara ello, si la propietaria no acepta esta razón, aún a pesar de los informes médicos, que señalan que las humedades de la vivienda que usted ocupa son la razón de su mala salud, tendrán que discutirlo en un juicio.
Deben enviar un burofax a la arrendadora explicando la situación y comunicándole que la razón por la que desisten del contrato son las humedades de la vivienda, que en el momento de firmar el contrato ustedes desconocían que la vivienda presentaba ese problema, que no era evidente, y que tampoco fueron advertidos de ello, que las referidas humedades están causando en usted un problema de salud, por lo que entienden que debe dejarse sin efecto el pago de 2 meses señalado en concepto de indemnización para el caso de que ustedes desistieran del contrato antes de la fecha pactada para la finalización del mismo. Igualmente en el burofax indiquen la fecha en la que dejarán la vivienda. El burofax debe aportar copia del certificado médico que acredita que sus problemas de salud tienen origen en las humedades que presenta el piso donde vive. ara cobrar la indemnización de 2 meses pactada, la arrendadora tendrá que plantear una reclamación judicial, y ahí tendrán ustedes que probar que el origen de sus problemas de salud son as humedades de la vivienda. La copia del burofax les servirá para demostrar que ustedes no cumplen con el pago de los dos meses de indemnización porque entienden que ha habido un incumplimiento previo por parte de la arrendadora que les ha alquilado una vivienda con problemas de humedades que ustedes desconocían en el momento de firmar el contrato de arrendamiento. Por ello, la causa de sus problemas de salud debe quedar perfectamente clara en el certificado médico, ya que, de otro modo, se arriesgan a no ganar el juicio, con lo cual tendrían que pagar, además de los 2 meses las costas del juicio y los intereses legales de la suma desde la reclamación judicial hasta el total pago.
Respecto a los electrodomésticos, no pueden llevárselos, pues forman parte del mobiliario de la vivienda que ustedes alquilaron, y lo que les dejó la arrendadora fue su uso, pero no su propiedad, a menos que así se pactara expresamente en el contrato.

LOPEZ COLLADO TRmRK

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