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Datos equivocados en la notificación de la multa

Datos equivocados en la notificacion de la multa. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Hace 1 mes le pusieron una multa a mi hijo por «desobediencia» a un policía local que al parecer le ordenó que retirara el vehículo que tenía estacionado. Pues nada, me llegó una notificación a mí, como titular del vehículo, para que identificase al conductor. El caso es que así lo hicimos, y hace unos días me ha llegado la notificación de denuncia A MÍ, y en el apartado «datos del conductor» pone MI nombre y SU DNI. ¿Podría recurrirse por defecto de forma? ?

RESPUESTA

Si, es posible recurrir la multa por defecto de forma. Sin embargo, volvería a recibir posteriormente la sanción correctamente extendida, con lo cual poco o nada se ganaría.?
Error material Datos equivocados en una multa

PREGUNTA

me han multado mi moto por estar en carga y descarga en las horas > designadas a ese fin pero en la multa no me aparece ni el importe ni el > modelo de la moto, es recurrible dicha multa al carecer de estos dos datos?

RESPUESTA

Si puede recurrla, auque si se identifica la moto con su matricula la administración podrá subsanar el erro. Y también es recurrible porque si no pone tampoco el importe, usted no puede acogerse a los beneficios de pronto pago. Información para recurrir
Posible multa duplicada

PREGUNTA

Hace tiempo me interpusieron una multa de aparcamiento que aboné.Días después recibí una segunda multa con el mismo contenido pero con fechas y emplazamiento distinto. Por supuesto que jamás estuve en el lugar y fecha indicado.Interpuse recurso y ahora me lo han desestimado indicándome que ya sólo puedo interponer recurso contencioso-administrativo. El importe de la multa es de 310 €Me han comentado que tengo que pagar tasas de 200 € y además preciso asistencia de abogado.
¿Me podrían confirmar si es así?

RESPUESTA

Si. Para interponer recurso contencioso administrativo es necesario abonar tasas judiciales y la asistencia de un abogado.
La multa no señala el numero de la calle

PREGUNTA

Los hechos son los siguiente, el coche el día 1 de octubre, permanece aparcado en la acera prohibida de la calle, realmente no tengo derecho a reclamar ya que la culpa ha sido mía al dejarme llevar por el resto de vehículos que seguían allí estacionados, la multa ha sido impuesta el mismo día a las 21: 40h. Le adjunto la sanción. La pregunta es, es posible recurrir de alguna manera esta sanción?, como vera en la misma, la dirección indica C/ XXX, s/n, lo cual yo pregunto? 1º el vehículo podría estar aparcado en cualquier lugar de la calle, incluso en la acera correcta2º si según el agente si el coche esta en «s/n», yo puedo alegar que estaba en lugar correcto3º si no hay manera de asegurar que el vehículo estaba en la zona incorrecta, creo que la multa no procede… Es posible, recurrir?.

RESPUESTA

La diferencia entre una denuncia que interpone una persona particular y un agente de la autoridad, es que la particular debe probar lo que alega, porque su mera alegación no es suficiente, sin embargo a un agente de la autoridad la ley le otorga la presunción de veracidad, por tanto una sanción constituye prueba, y lo que diga la denuncia, aunque adolezca de algunos datos, si es fruto de la observación directa del agente es una prueba directa y feaciente de que su vehículo estuviera aparcado donde estuviera, era en lugar prohibido.Puede intentar un recurso, por supuesto, pero con pocas o nulas posiblidades de ganarlo.Vea como recurrir multas y sanciones

LOPEZ COLLADO TRmRK

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