Embargo de cuenta corriente Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Hola he recibido una carta de mi banco que me dice que el ayuntamiento de Sevilla me ha embargado la cuenta porque me reclaman una deuda de 7000 euros por algo que va desde el año 92 hasta el 2000, por no encontrarme en ninguna dirección Estoy casada en separación de bienes, no tenemos ni idea de que pueda ser pues no tenemos bienes, lo único que he tenido es un terreno en Almería que heredé de mi padre y lo vendí en su momento para repartir el dinero con mi hermana.Yo no trabajo y no tengo nómina, no me atrevo a preguntar al ayuntamiento, pues no tenemos dinero y tambien podría ser un error.Yo vivo en Madrid y estoy empadronada allí.¿Que me puede pasar si no respondo? ?
RESPUESTA
La cuenta quedrá embargada y no podrá hacer ingresos allí, porque automaticamente el banco retendría el saldo. Si abren otra cuenta en otra entidad diferente, tarde o temprano también será embargada.Vaya al Ayuntamiento a preguntar. El embargo está y no puede pasarles nada. Quizas sea un error y podrán solucionarlo. Preguntar no le compromete a nada ni conllevará ningún problema adicional.No creo que tenga nada que ver con el terreno de Almeria ya que en ese caso, quien embargaría sería el Ayuntamiento de Almería y no el de Sevilla.Si está en Madrid, y no puede desplazarse, llame al Ayuntamiento de Sevilla por telefono, es posible que le puedan dar información sobre el embargo y podrá saber si se trata de un error y la forma de corregirlo.?
Embargo de cuenta corriente
PREGUNTA
tengo la cuenta embargada y ahora he empezado a trabajar que debería hacer para que no me quiten el dinero ya que estoy en u?a situación dramática
RESPUESTA
Si trabaja no puede hacer nada, porque la empresa tendrá que retenerle parte del sueldo
Embargo de cuenta corriente conjunta
PREGUNTA
Seguramente me van a embargar el 30% de mi pensión A mi mujer no por que no llega al SMI. Las dos pensiones estan en la misma cuenta corriente. ¿ES MEJOR SEPARARLAS? ¿PUEDEN METERSE CON EL SALDO?
RESPUESTA
Si embargan la pensión, normalmente lo harán directamente en “la fuente”, es decir, oficiando al INSS, que retendrá esa parte. Otra cosa es que puedan también embargar la cuenta bancaria, y hay una presunción legal de que la mitad del saldo es suyo y la otra mitad del otro partícipe. Por si acaso, avise al banco de que si viene un embargo a la cuenta deben comunicar al embargante que esa cuenta se nutre únicamente de su pensión (que ya estaría embargada en “la fuente” INSS) y de la otra pensión de su mujer.
Embargar cuenta corriente
PREGUNTA
voy a crear una cb y tengo dudas si las deudas q tengo antiguas pueden tener acceso a la Nueva c/c de la CB puesto q entiendo q la CB tiene un cif diferente al mio. Pueden llegar a detectar esa cuenta??
RESPUESTA
Los bancos están obligados a facilitar a hacienda los nombres de los titulares de todas las cuentas bancarias. Si un acreedor suyo busca por el nombre de usted, puede saber que tiene una cuenta bancaria y pedir el embargo del saldo.Las cuentas se localizan a través del numero de identidad y del nombre del titular. Aunque la nueva cuenta tenga un CIF (codigo de empresa) tiene que estar abierta por una persona física y su NIF (numero de identificación de persona fisica).La única forma de que su cuenta no sea detectada es que no sea usted el titular.
Embargar por deuda prescrita
PREGUNTA
me gustaria saber si te pueden embargar una cuenta bancaria , por una deuda prescrita
RESPUESTA
Por una deuda prescrita no, porque una reclamación judicial sería infructuosa.Los embargos sobre temas de deudas unicamente pueden efectuarlos el juzgado.