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Contrato de seguro. Duración y prórroga

Contrato de seguro. Duración y prórroga. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: tenía contratado un servicio de prevención de riesgos laborales externo por una duración de un año y este año por diversas razones no puedo continuar con el contrato. El problema es que en las condiciones generales del contrato exige que para que no se prorrogue tenía que avisar con 2 meses de antelación, que no lo he hecho, pero en las condiciones particulares sólo indica que «el presente contrato tiene una duración de un año» sin más. Como no comuniqué con dos meses que no podía renovar, me obligan a prorrogar. ¿qué puedo hacer?. RESPUESTA Lamentablemente parece que el contrato se había prorrogado automáticamente por falta de su notificación. Pero supongo que lo que le interesa es qué hacer: Dado que el contrato es de duración anual, entiendo un poco excesivo ese preaviso «necesario» de 2 meses. Puede remitir una carta resolviendo el contrato. dado que el servicio es de prestación continua, diga que no a partir de la fecha no le presten más ese servicio, y pague el tiempo transcurrido desde la prórroga hasta el día en que resuelva. Puede encontrarse en breve con una reclamación por todo el año. Si es inferior a 2.000 € no necesitará abogado para contestar y oponerse ante el Juzgado, acompañando la carta que le digo que envíe: Y ya decidirá el Juez ACLARACIÓN aún sigo sin entender porqué se prorroga si en las condiciones particulares de mi contrato no hace referencia a la prórroga, simplemente fija que la duración es de un año RESPUESTA Son dos cosas diferentes: Una es el plazo contractual, y otra es la prórroga de ese plazo. Tales clausulas no son incompatibles

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