Contrato de confidencialidad Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: quisiera saber hasta que punto es valido y legal un contrato entre dos personas sobre algún hecho privado como por ejemplo relaciones personales, contrato de no divulgación y confidencialidad….necesito encontrar un ejemplo del siguiente, ya que en internet solo encuentro modelos de contrato entre empresas y empleados y por estilo. pero yo necesito un contrato entre dos personas fisicas que hable sobre indemnizacion en caso de fallo?
RESPUESTA
La confidencialidad se comprende para asuntos empresariales, como Ud. refiere, y por eso encuentra modelos en internet.
En las relaciones privadas no existe esa prevención que atesoran las empresas sobre la confidencialidad de sus objetos de negocio, pero no es preciso que la ley regule un contrato específico: el artículo 1.255 CCivil establece
Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público.
Es decir, dos personas pueden obligarse a cualquier cosa en un contrato, mientras no se obliguen a algo contrario a la ley, a la moral o al orden público. Y una vez se obligan por contrato, pueden establecer una clausula penal (de obligación de indemnización) para el caso de incumplimiento.
Para hacer el contrato, basta el consentimiento de las partes expresando claramente a qué se obligan.Constrato de representacion artistica
PREGUNTA
Le escribo porque me gustaría saber si es obligatorio por ley elevar a escritura pública un contrato de representación artística, o si es suficiente con el acuerdo expreso y privado entre manager y artista.
RESPUESTA
Es valido en ambos casos, pero indudablemente si se protocoliza notariamente tiene una serie de garantías que un documento privado no tiene, por ejemplo que el documento cumpla con todas las exigencias legales, que los comparecientes que firman son quienes dicen ser, y que los comparecientes quedan enterados de todos los pormenores del acuerdo.Esto, que parece obvio, no lo es tanto si en un futuro alguno de los firmantes quiere discutir legalmente alguno de los términos del contrato.