Comunidad de propietarios fachada. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Me gustaría consultarle un problema que tenemos con un vecino. Nosotros vivimos en una urbanización de chalet : están situados en forma de L, 15 en un lado y 10 en otro. Uno de los vecinos que tiene un chalet en una de las esquinas y cuya fachada lateral da a la calle, quiere arreglar dicha fachada y que sea la comunidad de vecinos quien pague el arreglo porque según el, esa fachada pertenece a la comunidad de vecinos. La fachada tiene tres ventanas de sus baños y no tiene ningún acceso a las zonas comunes. Me podría aclarar si tiene razón o cual es la normativa que deberíamos mirar para solucionar el problema?
RESPUESTA
Los elementos comunes por naturaleza se detallan en el artículo 396 de Código Civil: » los necesarios para su adecuado uso y disfrute, tales como el suelo, vuelo, cimentaciones y cubiertas, elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga, LAS FACHADAS, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elemento de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores, ( , )
Sin perjuicio de este artículo, debe mirar el Título Constitutivo de la Comunidad, en el que se detallarán normalmente los elementos comunes, y especialmente, si por la configuración de la comunidad se hace alguna referencia a las fachadas de cada casa (por si se hubiera establecido algún régimen especial) También debe tener en cuenta que si el deterioro de la fachada se debe a un uso inadecuado de ese vecino, él debe sufragar el coste. (Ley de Propiedad horizontal)