Cobro tasa basuras en sede social sin actividad tasa de basuras. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Tenía una cafetería y por la crisis no pude pagar los impuestos de basuras, el cese de la actividad se hizo el 29 de febrero de 2009, todavía me siguen pasando los impuestos, pero me dicen que hasta que no liquide lo anterior a la fecha de cese de actividad no me darán de baja el impuesto, te pueden obligar a hacer esto? Es ilegal? Dado que ya no regento el negocio y esta dado de baja
RESPUESTA
Si pueden reclamarselo.Aunque usted ya no regiente ese negocio, la deuda por el impuesto está subsistente, hasta la fecha del cierre del negocio.
ACLARACIÓN
Ósea que te pueden seguir pasando recibos con el negocio cerrado, que ya no existe, que no haces uso de basuras, hasta que no liquides lo anterior al cierre de la actividad y negocio, por qué no me quitan el impuesto y se cobran la deuda como están haciendo hasta ahora por hacienda que será más sencillo y la pelota no se hace más grande, si de todas formas te lo reclama hacienda embargándote la cuenta, es como el impuesto de autónomo si tienes recibos pendientes te puedes dar de baja y ellos tu deuda se lo cobran embargándote la cuenta, esto es una coacción en toda regla.
RESPUESTA
Pueden cobrar los impuestos que se generaron antes del cierre del negocio, no los posteriores a esa fecha.Si lo que el ayuntamiento le reclama es posterior al 29 de febrero de 2009, no le corresponde pagarlos, solo los recibos anteriores a esa fecha.Y si le pasan recibos posteriores a esa fecha, no dándose por enterados de que el negocio ya no existe, puede interponer recurso y rechazar la deuda que el ayuntamiento pretende cobrar.Ver: como interponer recurso contra la administración
PREGUNTA
Mi diputación está empeñada en cobrarme tasa de basuras en mi sede social, que es un piso donde viven mis padres y que simplemente figura como sede social porque alguna había que poner. La empresa es completamente virtual y opera por Internet sin ningún local físico ni ningún tipo de actividad comercial física. Mi pregunta pues es, teniendo en cuenta todo esto anterior, ¿me pueden cobrar la tasa de basuras? Más en cuanto mis padres ya están pagando la tasa de basuras en esa propiedad.
RESPUESTA
Todos los locales comerciales están sujetos al pago de tasa de basuras. Es un impuesto municipal, por lo tanto hay que ir al ayuntamiento correspondiente para hacer la consulta, ya que la normativa varia de un municipio a otro. No obstante lo habitual en la mayoría es que deben pagarlas los locales comerciales, con actividad empresarial o industrial. Tenga en cuenta que el Código de Comercio define como comerciantes: Los que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, se dedican a él habitualmente Aunque su empresa sea virtual, a efectos legales, es una empresa y su sede social el lugar donde se desarrolla una actividad empresarial. Aún así insisto, una consulta al ayuntamiento de su localidad podría ser muy aclaratoria.