Cambio de guarda y custodia Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Hace aproximadamente dos años que estoy divorciado. En el domicilio familiar se quedó mi ex con mis dos hijos a los cuales paso la pensión indicada en sentencia judicial. Actualmente se ha producido una modificación de la situación, mi hijo de 17 años y medio ha decidido abandonar el domicilio familiar y venir a vivir conmigo.
A través de mi abogado estoy llegando a un acuerdo en el que debería de anularse el pago de cualquier tipo de pensión, ya que yo tengo la custodia de un niño y ella tiene la custodia de otro, y también intento volver al domicilio familiar aunque sea de forma rotativa, pues actualmente vivo en un piso con mi hermana y mi madre, somos cuatro con tres habitaciones, además el domicilio que ocupa mi ex y mi hija es de mi absoluta propiedad. También le doy el dato que desde hace cerca de un año en el piso está el nuevo compañero sentimental de la madre de mis hijos, sin recibir ninguna compensación económica.
La respuesta de la parte contraria es que ella quiere seguir percibiendo la pensión de la niña, osea la mitad de lo antes le entregaba, y en cuanto al piso dice que no puede irse de allí. Alega que no tiene trabajo ni vivienda donde ir.
Quisiera que me diese su opinión, y que posibilidades hay de conseguir una sentencia favorable si fuese por lo contencioso.
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RESPUESTA
Puede depender de muchos otros factores, por ejemplo la situación económica de cada uno, las cargas familiares añadidas además de los hijos en común, la situación laboral, la integración de los menores en su entorno familiar, en concreto de la hija, que es la que reside en la antigua vivienda familiar con su madre, la conveniencia para los menores un cambio en tal sentido, y otros factores propios de las circunstancias personales de cada unidad familiar. Es difícil saber que resolverá el Juez, pero veo muy difícil que acepte algo más que una reducción de la pensión respecto al hijo que estará con usted.?
ACLARACIÓN
Sobre el aspecto que le comente en la pregunta inicial en cuanto a que en el domicilio familiar convive con mi hija y su madre el nuevo compañero sentimental de esta. quisiera saber su opinión si es posible reclamar alguna compensación económica por esta utilización del piso que no es un bien ganancial. El piso fue una herencia familiar antes de casarnos.?
RESPUESTA
a su ex esposa se le atribuyó el uso de la vivienda, con lo que ese uso puede amparar el acogimiento de la madre de ella como consustancial al mismo. El hecho de que viva ya la pareja de la madre podría incardinarse en ese uso, en una consideración ya «extensiva» del mismo. Pero de ahí a exigir un pago por esa residencia… no lo veo, francamente, a no ser que esa persona pagara por estar ahí, retribuyendo a su mujer, y con ello reduciendo sus carga, o bien incrementando su renta. Es complicado vamos?
ACLARACIÓN
En mi piso no vive la madre de mi ex sino el novio de mi ex esposa. Quería desarrollar este tema porque en las últimas horas ha habido novedades. Mi hija de 14 años la que habita con su madre en el domicilio familiar me ha manifestado preocupada su deseo de que el novio de mi ex esposa abandone este domicilio, la relación entre ambos es muy tensa. Mi hija se lo ha hecho saber a su madre y esta dice que si él se va del piso ella también sale.
mi hija me cuenta que el comportamiento de este individuo es relativamente correcto cuando está la madre en casa pero cuando la madre está ausente tiene una actitud agresiva pegando continuos portazos que han llegado a desencajar las puertas. Me gustaría si opinión al respecto y serían motivo suficientes estas intimidaciones para poner una denuncia.
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RESPUESTA
Si esa agresividad la proyecta el individuo contra su hija, puede ser una alteración de la normal convivencia de ésta con su madre. Si eso es lo que le preocupa, puede instar en su caso una modificación de medidas, donde será oída la menor, solicitando que ella viva con Ud. Desde fuera no puede controlar Ud. la agresividad de esa persona, y si su ex tampoco la controla, la perjudicada es la niña.?
Pension de alimentos
PREGUNTA
mi consulta es la siguiente:la pensión alimenticia a un hijo de 18 años es aportado por ambos cónyuges en igual proporciòn o va en función del sueldo(ambos trabajan)?
RESPUESTA
la pensión se establece de acuerdo con las necesidades del menor, que ha de establecerse de acuerdo con la capacidad económica de los padres: si ésta es sustancialmente mayor de uno respecto al otro, deberá aportar más
Cuanto pagar por pension de alimentos
PREGUNTA
Tengo tres niños pequeño s y mi mujer se quiere separar cobro 1600€ un mes y al otro 1300€ y ella cobra 800€ mas 200€ de la madre trabajadora no tengo donde ir ya que mis padres separados viven en una habitacion uno y con su suegra otro .tenemos una hipoteca de 800€ al mes > mi pregunta es cuanto tendria que pasarle de mantencion por los ninos? Tendria que seguir pagando hipoteca .que me quedaria a mi para vivir .por si sirve de algo ella es la que se quiere separar
RESPUESTA
Es dificil decir cuanto le impondría un juez, todo depende de que se acuerde entre ambos o del trabajo del abogado en caso de que no haya acuerdo. La cantidad se fija en proporción a los ingresos de los padres y las necesidades de los hijos.Tambien hay que tener en cuenta que hay la posibilidad de pedir la custodia compartida, situación en la cual, como ambos padres comparten el mismo tiempo con los hijos, es posible no pagar pensión, sobre todo habiendo un piso que tiene hipoteca. Si se consiguiera la custodia compartida podría pedirse que los hijos se quedaran en el piso que ahora es vivienda conyugal y que fueran los padres los que temporalmente convivieran con los hijos. En tal caso también podria pedirse que la hipoteca se pagara a medias.
Pero como ya le he comentado, es trabajo del abogado conseguir el mejor trato posible y sobre todo que sea asumible, ya sea con un convenio de mutuo acuerdo o defendiendo su posición ante el juez
Modificar la pensión de alimentos
PREGUNTA
Tengo un convenio regulador de mi hija de 11 años desde hace 5 años, yo soy militar y por mi trabajo al principio siempre tenía problemas con mi ex pues me ponían guardias y maniobras y no podía recoger a mi hija los días que me tocaban pues estaba trabajando, llegando incluso ella llamar a mi trabajo a ver si era verdad. Pues por toda esa situación que se volvía insoportable pedí una reducción de jornada en la cual no hacía dichas actividades y podía recoger a mi hija sin problemas así que hablé con ella y le dije que con la reducción me pagaban 170 euros menos más el dinero que cobraría por las maniobras que no hago así que en vez de los 200 euros de manutención que pone en el convenio le iba a pasar 150, por ella con tal de que cogiera a la niña me dijo que sin problema así que así he hecho desde hace 5 años, le he ingresado 150 euros cada mes pero no lo cambie en el juzgado ni hice ninguna modificación de medidas pues habíamos llegado al acuerdo los dos, ella nunca me ha denunciado por esto pues estaba de acuerdo pero en los últimos tiempos cada vez que pasa algo que no le gusta me dice que me va a denunciar por todo el dinero que lo he dado pero nunca lo ha hecho y ahora dice que lo hará. ¿Me puede denunciar por esto? ¿ yo no puedo probar que llevo 5 años ingresandole los 150 euros y que nunca me ha denunciado? ¿ qué podría hacer más acabar ya con esto?
RESPUESTA
La solución está en hacer la modificación en el juzgado, instando una demanda de modificación de efectos de sentencia. Si no hay constancia de que esa reducción es un acuerdo entre los dos, ella puede reclamarle los 50 euros mensuales que ha pagado usted de menos, de los últimos 5 años.
Modificación pensión de alimentos Abogado de oficio
PREGUNTA
tengo una duda, a mi madre le interpusieron una demanda, para retirarle la pensión alimenticia que está cobrando. Ella, pidió un abogado de oficio en Barcelona, lugar donde se lleva a cabo el proceso, pero se lo han denegado por falta de aportación de documentos, según ellos. He mirado en la ley 1/1996 de asistencia jurídica gratuita que hay un plazo de 5 días para interponer un recurso, pero ese plazo ya se nos ha pasado. > > Ahora pregunto: Se puede hacer algo? o por el contrario, tenemos que ir al juicio sin abogado ni procurador, por que nosotros no tenemos recursos suficientes como para contratar uno.
RESPUESTA
Si comparecen ante el juzgado sin abogani ni procurador, habiendoseles denegado el nombramiento de uno del turno de oficio, tendrán a su madre por no comparecida y en consecuencia al no poder oponerse a lo solicitado, le darán la razòn al solicitante.No tiene otra solución que comparecer con abogado particular para poder oponerse a la petición hecha por la parte contraria.
Cambio de guarda y custodia
PREGUNTA
tengo un problema con mi hijo de 12 años y me gustaría saber si puedo dejárselo un tiempo al padre yo tengo la justodia esta teniendo problemas en el instituto y ami no me hace ni caso etc…..
RESPUESTA
Si el padre lo acepta, no hay problema, pero cuando tengan el nuevo acuerdo, habrá que ponerlo en conocimiento del Juzgado para que conste, haciendo especial mención de que es provisional, en tanto persistan las dificultades de comportamiento que presenta su hijo.