Alzamiento de bienes. Propósito.. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Tengo una deuda con una entidad financiera desde el año 2004 de 25.000€. En el año 2.009, adquirí un inmueble por 500€ y en el año 2010 lo vendí en 15.000€. Por las fechas en las que se producen los acontecimientos, es decir, teniendo la deuda anterior a la compra del inmueble, ¿he incurrido en alzamiento de bienes?
RESPUESTA
(Noviembre 2013) La insolvencia punible (alzamiento de bienes) significa despatrimonializarse en perjuicio de los acreedores, con la intención de que éstos no puedan cobrar. Si tenía activos y deudas y se desprendió de aquellos para no pagar éstas, quedándose sin otros bienes habría insolvencia punible