Aguas pluviales muro medianero. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Resulta que tengo un terreno y linda con el terreno de mi vecino que tiene 1, 5 metros más de altura de su tierra respecto a mi terreno.
Digamos que la tierra de su terreno, al estar más alta que la de mi terreno, desemboca en mi terreno, metiéndose su tierra dentro de mi parcela. Y también cuando llueve el agua de su parcela desemboca en mi parcela.
La solución es hacer un muro para que su tierra no desemboque en mi terreno ocupando así un espacio.
La cuestión es, ¿quién debe pagar el muro, mi vecino, yo, o a medias?
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RESPUESTA
Artículo 552. Código CivilLos predios inferiores están sujetos a recibir las aguas que naturalmente y sin obra del hombre, descienden de los predios superiores, así como la tierra o piedra que arrastran en su curso.Ni el dueño del predio inferior puede hacer obras que impidan esta servidumbre, ni el del superior obras que la agraven.
La solución que propone sería la de un muro de contención, sin perjuicio de que ese muro sirva de medianería de las fincas. El propietario de la finca de arriba no está obligado a pagarlo.