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Accidente de tráfico. Parte de la policía

Accidente de tráfico. Parte de la policía. Abogado Online. CONSULTA ABOGADO gratuita: Buenos dias, ayer dia 13/04/13cuando nos dirigiamos a dejar a mi hija al trabajo estando parados por retencion en carretera, un 4×4 > nos envistio por detras, el resultado fue > daños vehiculo, y daños fisicos con esguince cervical y lumbar por parte mia y a mi hija de 18años esgunce cervical, > me vi obligado a llamar a los mossos de escuadra, debido a que el conductor del vehiculo que nos golpeo empezo a negar todo lo evidente en cuanto a daños vehiculo y fisicos, los mossos realizaron el parte y yo no dispongo de copia

RESPUESTA
(Noviembre 2013) El atestado de los mossos irá al Juzgado en cuanto esté cumplimentado. Usted no dispone de copia porque el atestado que se realiza en el mismo lugar de los hechos no está completo. Para obtener una copia puede usted dirigirse al Juzgado de Guardia correspondiente al del lugar en que tuvo lugar el accidente, o bien a la comisaría. Tenga en cuenta que usted dispone del plazo de 6 meses desde la fecha del accidente para interponer la denuncia. Si usted interpone denuncia sin tener el parte de Mossos el Juzgado unificará su denuncia y el atestado policial en un solo asunto. Para saber como formular la denuncia: En cuanto haya presentado la denuncia (recuerde, antes de 6 meses) el medico forense hará la valoración pericial de las leisiones hasta su total curación, para poder valorar si han quedado secuelas y los días de baja o incapacidad. Recurso de apelacion en juicio de faltas

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