Es la hipoteca normal o corriente en la que el derecho de crédito y el derecho de hipoteca forman una unidad con clara determinación de la extensión y alcance del crédito asegurado y del objeto gravado. La fe pública registral y la legitimación alcanza tanto al derecho garantizado como al garantizador, es decir, ampara tanto el derecho de crédito como el de hipoteca.
Ley Hipotecaria, artículos 104, 109 y 114.
encicl.jurídicabiz14