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Dotación del buque

Es el conjunto de personas que, contratadas por el naviero, realizan a bordo y durante la navegación los trabajos necesarios para la dirección, maniobras y servicios del buque. Los contratos entre el naviero y cada uno de los miembros de la dotación del buque, se denominan contratos de ajuste y su objeto es integrar al personal contratado en la empresa que constituye el viaje previsto. Además de la oficialidad, incluido el capitán, y en su caso el sobrecargo del naviero, la dotación se integra por el personal subalterno de la oficialidad. No forman parte de la dotación el denominado personal de fonda, como cocineros, pinches, camareros, etc. Estos, a diferencia de la dotación, no son servidores del buque, sino que se limitan a realizar un servicio en el mismo. Son tripulación, pues, pero no dotación del buque. En la cúspide de todo el personal, se halla el capitán, jefe jerárquico de la tripulación y representante del naviero.
Código de comercio, artículo 648.
encicl.jurídicabiz14

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