Se incluyen, entre otras, las siguientes modalidades: censal, es la obligación redimible de pagar indefinidamente una pensión anual a una persona y sus sucesores a cambio de un capital recibido por el que se compromete al referido pago. Dentro de esta modalidad de contrato de renta, cabe incluir el llamado pacto de mejora, en su virtud, el perceptor de la pensión podrá exigir dentro del plazo estipulado o, en su defecto, transcurridos cinco años, que se garantice el pago o se mejore la garantía ya establecida. Otra modalidad es la denominada violario, consiste en el derecho a percibir periódicamente una pensión en dinero durante la vida de una o dos personas que a la sazón existan, a cambio de la percepción de un capital o precio. El vitalicio o censo vitalicio consiste en el establecimiento de un censo sin dominio a cambio de la transmisión de una finca que queda gravada por dicho censo, con derecho a percibir el censualista una pensión periódica anual durante toda la vida de una o dos personas que a la sazón existan. La estipulación de renta es la promesa de pagar periódicamente una cantidad de dinero o cosa fungible por un plazo de tiempo limitado de manera concreta.
Compilación del Derecho civil especial de Cataluña, artículos 330 a 335. Ley 6/1990, de 16 de marzo, Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, número 1.273.
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