Acto de colar o conferir un beneficio eclesiástico o un grado universitario.
Por antonomasia, la colación de bienes (v). ref. Cotejo o comparación de una cosa con otra. ref. Acto de conferir los grados universitarios. ref. Donación o atribución de algo a una persona. ref. Territorio o parte de un vecindario perteneciente a cada parroquia. ref. Otorgamiento de un beneficio eclesiástico. ref. DE BIENES. O simplemente colación, es la obligación en la cual se encuentran ciertos herederos forzosos, que concurren con otros a una sucesión, de aportar a la masa hereditaria determinadas liberalidades recibidas del causante antes de la muerte de éste, para que los otros coherederos participen de ellas proporcionalmente, en caso de disponerlo el testador o para computar legítimas y mejoras.
encicl.jurídicabiz14