CESIÓN DEL CREDITO HIPOTECARIO: Transmisión por el acreedor de su crédito contra el deudor, que por ser hipotecario, debe constar para sus efectos propios, en escritura pública e inscripción registral.
« Back to Glossary IndexConsulta abogado online. Asesor jurídico, consulta a un abogado, email, chat y webcam. Abogado especialista Arrendamientos, Comunidades, Daños y perjuicios...