Es el conjunto de prestaciones integradas en el sistema de la Seguridad Social en favor de sus afiliados o beneficiarios cuando se produce la contingencia amparada por dicho sistema previsional. Entre otras prestaciones, comprende: (1) asistencia sanitaria en los casos de maternidad, de enfermedad común o profesional, y de accidentes, sean o no de trabajo, (2) la recuperación profesional derivada de cualquiera de los casos referidos, (3) prestaciones económicas en las situaciones de incapacidad laboral transitoria, (4) prestaciones familiares por hijo a cargo, en sus modalidades contributiva y no contributiva, (5) prestaciones de servicios sociales que puedan establecerse en materia de reeducación y rehabilitación de inválidos. La protección otorgada por el sistema previsional tiene el carácter de mínimo y obligatorio, pero esta protección puede ser objeto de las llamadas mejoras voluntarias.
encicl.jurídicabiz14
Acción protectora
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