Expresión que implica que la obligación contenida en un documento, por lo general de crédito, deberá ser cumplida por el deudor el día señalado en su texto. Es una de las formas que generalmente admiten la leyes para el vencimiento de letras y pagarés, en particular las que siguen la convención de ley uniforme de Ginebra de 1930.
encicl.jurídicabiz14
A día fijo o determinado
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