Evidentemente, la convivencia marital y la familiar son cosas dispares, pues la segunda se da entre parientes -padres, hijos, nietos, primos, sobrinos, etc.-, mientras que la primera se produce entre hombre y mujer que viven en régimen de pareja, haya mediado o no el vínculo jurídico del matrimonio. En el ámbito arrendaticio urbano la diferencia […]
Arrendatario. Subrogación por causa de muerte.
De acuerdo con lo previsto en la DT 2 LAU 1994, referida a los arrendamientos de vivienda anteriores al 9 de mayo de 1985, esos contratos continuarán rigiéndose por las normas contenidas en la LAU, salvo en las modificaciones que la propia disposición contiene, y así, en el ap. 9 párr. 3 letra B) se […]
Arrendamientos. Local Fallecimiento Arrendatario. Requisitos
Son presupuestos de aplicación del artículo 31.1 LAU: a) que se haya producido el fallecimiento del titular arrendatario, b) que se opere la sucesión en la titularidad arrendaticia en favor de los hijos o del cónyuge, si bien no es preciso que la sucesión se opere necesariamente en favor de la totalidad de los hijos […]