CONSULTA ABOGADO ONLINE

Consulta abogado online. Asesoría jurídica, consulta a un abogado, email, chat y webcam. Abogado especialista Arrendamientos, Comunidades, Daños y perjuicios...

  • INICIO
  • Visita Webcam
  • FORMULARIO
  • Blog
  • ARRENDAMIENTOS
  • COMUNIDADES
  • DAÑOS Y PERJUICIOS
  • HERENCIA
  • FAMILIA
  • DEUDAS
  • CONTRATOS
  • PROPIEDAD
  • PROCEDIMIENTO
  • CONSULTAS
  • TEMAS
  • PROTOCOLOS
  • LÍNEA DEFENSA
  • Aviso legal
Usted está aquí: Inicio / Artículos / Artículo 286 CC

Artículo 286 CC

Están sujetos a curatela:
1. Los emancipados cuyos padres fallecieren o quedaran impedidos para el ejercicio de la asistencia prevenida por la Ley.
2. Los que obtuvieren el beneficio de la mayor edad.
3. Los declarados pródigos.

LOPEZ COLLADO TRmRK

Categorías

Etiquetas

Accidente aceptación actividad acuerdo arrendador arrendamiento arrendatario autorización caída cesión civil comunidad consentimiento contrato devolución electrocución fallecimiento firma heredero herencia indemnización Laboral Lesiones Lesión local menor médica necesidad Negligencia notario notificación obras plazo prueba público reparación requisitos resolución responsabilidad responsabilidad civil trabajador traspaso uso venta vivienda

Copyright © 2023 · Consulta Legal JLópezCollado Abogados. Barcelona. Reservados todos los derechos 2012-2023